III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-22105)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del "Estudio informativo de la nueva red ferroviaria del País Vasco. Corredor de acceso y estación Bilbao-Abando".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 307

Viernes 23 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 180371

alternativa seleccionada es la que produce una menor afección a los suelos
agroforestales. Las ZIAs 1 y 2 se localizan sobre el PTS agroforestal, pero indica que
ubicarán en una superficie pavimentada que no presenta actividad agroganadera o
forestal alguna. Respecto al destino de los excedentes y la elección de vertederos, indica
que se priorizarán las zonas en uso frente a las nuevas aperturas.
B.12

Efectos acumulativos y sinérgicos.

El EsIA incluye un análisis de los impactos acumulativos y sinérgicos, respecto de los
impactos identificados y analizados. Considera que el impacto sobre la hidrogeología
puede tener un efecto acumulativo, afectando esencialmente a la calidad de las aguas y
a la pérdida de caudal y efecto barrera del flujo subterráneo. Asimismo, estos impactos
pueden tener efectos sinérgicos sobre otros sistemas naturales, como la vegetación y
cauces interconectados con el acuífero, aunque estos impactos no se consideran
significativos.
En relación con los impactos sobre el medio socioeconómico, la significativa duración
de las obras implica una prolongación de las molestias a la población, por efecto del
incremento de vehículos y maquinaria de obra en el núcleo urbano de Bilbao y sus
accesos, con generación de atascos, congestiones de tráfico, y mayor nivel de emisiones
a la atmósfera, produciendo que estas molestias, por su mayor duración en el tiempo,
tengan mayor efecto negativo sobre la población afectada. Dado que se prevé la
ejecución simultánea del corredor de acceso y de la Estación de Bilbao-Abando, se
reducirá el tiempo de duración de las obras, aunque el impacto sinérgico producido por la
existencia de dos focos de molestias a la población, próximos entre sí, pueden hacer que
esta afección sea significativa. En cualquier caso, la importancia de estos impactos
puede minimizarse si las dos actuaciones simultáneas afectan a distintos sectores de la
población.
En relación con los sectores productivos, el impacto acumulativo de ambas
actuaciones tiene un efecto positivo mayor, al generar mayor número de puestos de
trabajo e, indirectamente, mayor demanda de bienes y servicios, durante todo el período
de obras.
El Departamento de Sostenibilidad y Medio Natural de la Diputación Foral de Bizkaia
hace hincapié en que no se ha realizado un análisis de los efectos acumulativos y
sinérgicos que se generan con los rellenos de materiales sobrantes de excavación
teniendo en cuenta otras obras de infraestructuras que se han desarrollado en Bizkaia en
los últimos años y las que se prevén ejecutar, sobre todo de carreteras y de la nueva
línea de ferrocarril de alta velocidad, de manera que considera que la capacidad de
acogida de la comarca del bajo Nervión para este tipo de proyectos está en entredicho y
por tanto deben limitarse al máximo.
B.13

Otros aspectos.

– Se han recibido un total de 395 alegaciones de particulares e interesados. De
ellas, 386 alegaciones son semejantes y contrarias al proyecto, en las que se expone la
falta de justificación de la necesidad del proyecto, la existencia de tramos infrautilizados,
etc. Las restantes nueve alegaciones son individuales referidas a aspectos concretos de
afecciones a parcelas y otros bienes y derechos.
– La Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar del MITECO indica
que la estación de Bilbao-Abando se encuentra ubicada dentro de los 500 metros de la
zona de influencia del deslinde DL-105. Además, indica que se debe recoger
expresamente como normativa de aplicación la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas; la
Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso del litoral y de modificación de la

cve: BOE-A-2022-22105
Verificable en https://www.boe.es

En los trámites de información pública y consultas a las administraciones públicas
afectadas y personas interesadas, se han recibido informes y alegaciones sobre
aspectos que este órgano ambiental considera que compete al órgano sustantivo
atender: