III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-22105)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del "Estudio informativo de la nueva red ferroviaria del País Vasco. Corredor de acceso y estación Bilbao-Abando".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 307
Viernes 23 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 180364
En el EsIA se indica la afección por vibraciones durante la fase de excavaciones
subterráneas en el núcleo urbano de Bilbao. No obstante, el promotor incluye un estudio de
vibraciones en fase de construcción en el que se concluye que no se prevé la generación de
niveles de vibración que puedan afectar a los niveles de confort y, por lo tanto, se espera
que no se presenten afecciones estructurales desde el punto de vista de la vibración
generada por la maquinaria. Asimismo, se incluye la recomendación de evaluar de nuevo
las distintas actividades y maquinarias en fase de proyecto constructivo, con el detalle que
requiere esa fase de proyecto. En el caso de que en la fase de proyecto constructivo se
identifique algún tipo de actividad susceptible de generar vibraciones cerca de los límites
normativos, se planteará la instalación de monitores de vibraciones para llevar un control
exhaustivo durante la fase de construcción.
Se incluye como apéndice 2 un estudio de las vibraciones producidas por el tráfico
ferroviario sobre las edificaciones circundantes en función de su uso, e indicando en
cada edificio el valor de inmisión de vibraciones en fase de explotación. El EsIA indica
que el tráfico ferroviario va a generar vibraciones como consecuencia de las cuales se va
a producir un incremento en los niveles de inmisión vibratoria en las edificaciones más
próximas al nuevo trazado, que son aquellos situados a una distancia de hasta 70 m
desde el trazado ferroviario. De las previsiones realizadas, se desprende que se
localizan edificios potencialmente afectados por vibraciones en el entorno de la línea de
cercanías que desemboca en la estación de Bilbao-Abando. Únicamente queda
señalado que se producirá una superación de los niveles de vibraciones ocasionadas por
la circulación de trenes sobre el edificio referenciado en el EsIA como «ID 221», próximo
a la plataforma del Cercanías. Para ello, se prevé como medida correctora la instalación
de mantas elastoméricas en las vías 6 (PK 0+405 hasta PK 0+515, 7 (PK 0+400
hasta 0+440) y 8 (PK 0+400 hasta PK 0+550) de la plataforma de cercanías, en el tramo
que se pretende soterrar a la entrada de la estación de Bilbao-Abando, aunque se
corroborarán en los correspondientes proyectos constructivos que se desarrollen.
Asimismo, asegura que en la fase de explotación las vibraciones producidas por las
circulaciones de trenes no superarán los límites admisibles por la normativa de
aplicación.
La Dirección de Salud Pública y Adicciones del Gobierno Vasco recoge las
conclusiones del promotor más relevantes desde el punto de vista de las afecciones a la
población, como son el impacto acústico, el impacto por vibraciones y el impacto sobre
hidrogeología. Se solicita que se extreme la vigilancia en la aplicación estricta de las
medidas correctoras de forma que se garantice la realización de la obra con otras
actividades y/o descanso nocturno, considerando en especial el horario nocturno,
afecciones a edificios ocupados por personas vulnerables, tales como centros sanitarios
y residencia, y horario lectivo en caso de afectar a centros de enseñanza. El promotor
responde que las consideraciones que realiza van más en la línea de fases posteriores
de proyecto, principalmente en fase de construcción, donde se deben garantizar todas
las aplicaciones de las medidas correctoras, tanto las que se definen en esta fase, como
las que se definan en fase de proyecto constructivo.
Fauna.
El EsIA incluye en su apéndice 3 un estudio de fauna que se basa en información
bibliográfica y dos salidas de campo en los meses de octubre y noviembre de 2018,
justificado en que el proyecto se desarrolla íntegramente soterrado, por lo que no se ha
estimado la realización de un inventario exhaustivo de todas las especies presentes en el
área. Se trata de un ámbito en el que están presentes especies como el milano real
(Milvus milvus), el murciélago bigotudo (Myotis mystacinus), murciélago grande de
herradura (Rhinolopus ferrumequinum) y visón europeo (Mustela lutreola) todas ellas
incluidas el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas en categoría de «en peligro de
extinción» a excepción del alimoche común (Neophron percnopterus), categorizado
como «vulnerable». El EsIA ha tenido en cuenta el análisis de los hábitats faunísticos, las
especies sensibles, las áreas de interés para la fauna y los corredores ecológicos.
cve: BOE-A-2022-22105
Verificable en https://www.boe.es
B.6
Núm. 307
Viernes 23 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 180364
En el EsIA se indica la afección por vibraciones durante la fase de excavaciones
subterráneas en el núcleo urbano de Bilbao. No obstante, el promotor incluye un estudio de
vibraciones en fase de construcción en el que se concluye que no se prevé la generación de
niveles de vibración que puedan afectar a los niveles de confort y, por lo tanto, se espera
que no se presenten afecciones estructurales desde el punto de vista de la vibración
generada por la maquinaria. Asimismo, se incluye la recomendación de evaluar de nuevo
las distintas actividades y maquinarias en fase de proyecto constructivo, con el detalle que
requiere esa fase de proyecto. En el caso de que en la fase de proyecto constructivo se
identifique algún tipo de actividad susceptible de generar vibraciones cerca de los límites
normativos, se planteará la instalación de monitores de vibraciones para llevar un control
exhaustivo durante la fase de construcción.
Se incluye como apéndice 2 un estudio de las vibraciones producidas por el tráfico
ferroviario sobre las edificaciones circundantes en función de su uso, e indicando en
cada edificio el valor de inmisión de vibraciones en fase de explotación. El EsIA indica
que el tráfico ferroviario va a generar vibraciones como consecuencia de las cuales se va
a producir un incremento en los niveles de inmisión vibratoria en las edificaciones más
próximas al nuevo trazado, que son aquellos situados a una distancia de hasta 70 m
desde el trazado ferroviario. De las previsiones realizadas, se desprende que se
localizan edificios potencialmente afectados por vibraciones en el entorno de la línea de
cercanías que desemboca en la estación de Bilbao-Abando. Únicamente queda
señalado que se producirá una superación de los niveles de vibraciones ocasionadas por
la circulación de trenes sobre el edificio referenciado en el EsIA como «ID 221», próximo
a la plataforma del Cercanías. Para ello, se prevé como medida correctora la instalación
de mantas elastoméricas en las vías 6 (PK 0+405 hasta PK 0+515, 7 (PK 0+400
hasta 0+440) y 8 (PK 0+400 hasta PK 0+550) de la plataforma de cercanías, en el tramo
que se pretende soterrar a la entrada de la estación de Bilbao-Abando, aunque se
corroborarán en los correspondientes proyectos constructivos que se desarrollen.
Asimismo, asegura que en la fase de explotación las vibraciones producidas por las
circulaciones de trenes no superarán los límites admisibles por la normativa de
aplicación.
La Dirección de Salud Pública y Adicciones del Gobierno Vasco recoge las
conclusiones del promotor más relevantes desde el punto de vista de las afecciones a la
población, como son el impacto acústico, el impacto por vibraciones y el impacto sobre
hidrogeología. Se solicita que se extreme la vigilancia en la aplicación estricta de las
medidas correctoras de forma que se garantice la realización de la obra con otras
actividades y/o descanso nocturno, considerando en especial el horario nocturno,
afecciones a edificios ocupados por personas vulnerables, tales como centros sanitarios
y residencia, y horario lectivo en caso de afectar a centros de enseñanza. El promotor
responde que las consideraciones que realiza van más en la línea de fases posteriores
de proyecto, principalmente en fase de construcción, donde se deben garantizar todas
las aplicaciones de las medidas correctoras, tanto las que se definen en esta fase, como
las que se definan en fase de proyecto constructivo.
Fauna.
El EsIA incluye en su apéndice 3 un estudio de fauna que se basa en información
bibliográfica y dos salidas de campo en los meses de octubre y noviembre de 2018,
justificado en que el proyecto se desarrolla íntegramente soterrado, por lo que no se ha
estimado la realización de un inventario exhaustivo de todas las especies presentes en el
área. Se trata de un ámbito en el que están presentes especies como el milano real
(Milvus milvus), el murciélago bigotudo (Myotis mystacinus), murciélago grande de
herradura (Rhinolopus ferrumequinum) y visón europeo (Mustela lutreola) todas ellas
incluidas el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas en categoría de «en peligro de
extinción» a excepción del alimoche común (Neophron percnopterus), categorizado
como «vulnerable». El EsIA ha tenido en cuenta el análisis de los hábitats faunísticos, las
especies sensibles, las áreas de interés para la fauna y los corredores ecológicos.
cve: BOE-A-2022-22105
Verificable en https://www.boe.es
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