III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-22105)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del "Estudio informativo de la nueva red ferroviaria del País Vasco. Corredor de acceso y estación Bilbao-Abando".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 307
Viernes 23 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 180363
contaminantes atmosféricos, como la cubrición de camiones, riego de superficies,
limitación de velocidad, lavado de ruedas, etc.
La Oficina Española de Cambio Climático no señala ninguna afección de tipo
climático de la intervención a ejecutar.
Ruido y vibraciones.
Según el EsIA, para la caracterización del ruido en el ámbito de actuación se ha
consultado la zonificación acústica del Ayuntamiento de Bilbao. El entorno de las
actuaciones objeto del presente estudio informativo, en concreto el entorno de la
estación de Bilbao-Abando, ha sido caracterizado como áreas acústicas de predominio
de suelo de uso residencial, con valores límite de inmisión de 65 dBA para los periodos
día y tarde, y de 55 dBA para el periodo noche.
El EsIA indica que durante la fase de construcción se producirá un incremento de los
niveles sonoros por las acciones derivadas de la ejecución de la obra. Se han estudiado
las distintas fases y subfases de obra, los métodos constructivos, los distintos tipos de
maquinaria para las zonas de superficie afectadas por el proyecto para la zona de la
estación de Bilbao-Abando y en el emboquille sur del túnel, complementado con las
zonas de acopio temporal diseminadas a lo largo del trazado. La afección por obras se
localiza fundamentalmente en la estación de Bilbao-Abando, donde se ven afectadas en
torno a 70 edificaciones residenciales y una docente, mientras que en las obras del
emboquille sur del túnel al inicio del tramo se ven afectadas dos edificaciones
residenciales. Las conclusiones respecto al ruido en fase de construcción, realizado con
estimaciones altamente desfavorables, es que se superan los Objetivos de Calidad
Acústica (en adelante, OCAs) en alguno de los periodos estudiados, siendo el nocturno
el más desfavorable. El impacto se valora como moderado.
El promotor destaca que los proyectos constructivos incluirán como prescripciones
las medidas de control necesarias sobre las fuentes generadoras de ruido
(excavaciones, demoliciones, pilotaje, transporte de tierras y materiales) con objeto de
reducir al máximo las emisiones acústicas. Se prevén aplicar medidas preventivas
generales (limitación de la velocidad, inspecciones técnicas verificadas, etc.), así como
correctoras entre las que podemos destacar la instalación de un cerramiento
fonoabsorbente de 2,5 m de altura a lo largo de todo el perímetro de las obras de la
estación Bilbao-Abando. Respecto al emboquille sur, se ha planteado una pantalla móvil
fonoabsorbente de 2,5 m de altura, que se irá desplazando según la actividad de la
maquinaria en la obra. Sin embargo, el promotor indica que se siguen superando
estos OCAs en algunos puntos, para lo que se realizarán mediciones puntuales que
permitan identificar las zonas en las que se pudieran estar superando estos valores para
modificar los rendimientos de la maquinaria en uso. Igualmente, el promotor indica que
se valorará la suspensión temporal de los OCAs según lo indicado en el artículo 9 de la
Ley 37/2003, del Ruido.
Durante la fase de explotación se incluye el análisis acústico de la situación futura en las
zonas en las que el trazado se sitúa en superficie o presenta pozos de ventilación, realizado
en base a los tráficos ferroviarios previstos en la infraestructura. Asimismo, el promotor
incluye un inventario de todas las edificaciones comprendidas dentro del ámbito de estudio
(200 metros a cada lado del eje ferroviario de las zonas en superficie y pozos de
ventilación), puesto que el uso predominante es el residencial a ambos lados de la vía.
Como conclusión de todos estos estudios de modelización, el promotor indica que para el
emboquille sur del túnel, así como para los futuros pozos de ventilación, no se superarán los
valores límite de inmisión en ninguno de los periodos horarios analizados, establecidos en el
Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17
de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y
emisiones acústicas. Considera que no es necesaria la aplicación de medidas correctoras,
dado el carácter del trazado, soterrado en su mayor parte y que anula la afección acústica, e
incluso reduciendo los niveles sonoros en las zonas que actualmente no se encuentran
soterradas, como el entorno de la estación de Bilbao-Abando.
cve: BOE-A-2022-22105
Verificable en https://www.boe.es
B.5
Núm. 307
Viernes 23 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 180363
contaminantes atmosféricos, como la cubrición de camiones, riego de superficies,
limitación de velocidad, lavado de ruedas, etc.
La Oficina Española de Cambio Climático no señala ninguna afección de tipo
climático de la intervención a ejecutar.
Ruido y vibraciones.
Según el EsIA, para la caracterización del ruido en el ámbito de actuación se ha
consultado la zonificación acústica del Ayuntamiento de Bilbao. El entorno de las
actuaciones objeto del presente estudio informativo, en concreto el entorno de la
estación de Bilbao-Abando, ha sido caracterizado como áreas acústicas de predominio
de suelo de uso residencial, con valores límite de inmisión de 65 dBA para los periodos
día y tarde, y de 55 dBA para el periodo noche.
El EsIA indica que durante la fase de construcción se producirá un incremento de los
niveles sonoros por las acciones derivadas de la ejecución de la obra. Se han estudiado
las distintas fases y subfases de obra, los métodos constructivos, los distintos tipos de
maquinaria para las zonas de superficie afectadas por el proyecto para la zona de la
estación de Bilbao-Abando y en el emboquille sur del túnel, complementado con las
zonas de acopio temporal diseminadas a lo largo del trazado. La afección por obras se
localiza fundamentalmente en la estación de Bilbao-Abando, donde se ven afectadas en
torno a 70 edificaciones residenciales y una docente, mientras que en las obras del
emboquille sur del túnel al inicio del tramo se ven afectadas dos edificaciones
residenciales. Las conclusiones respecto al ruido en fase de construcción, realizado con
estimaciones altamente desfavorables, es que se superan los Objetivos de Calidad
Acústica (en adelante, OCAs) en alguno de los periodos estudiados, siendo el nocturno
el más desfavorable. El impacto se valora como moderado.
El promotor destaca que los proyectos constructivos incluirán como prescripciones
las medidas de control necesarias sobre las fuentes generadoras de ruido
(excavaciones, demoliciones, pilotaje, transporte de tierras y materiales) con objeto de
reducir al máximo las emisiones acústicas. Se prevén aplicar medidas preventivas
generales (limitación de la velocidad, inspecciones técnicas verificadas, etc.), así como
correctoras entre las que podemos destacar la instalación de un cerramiento
fonoabsorbente de 2,5 m de altura a lo largo de todo el perímetro de las obras de la
estación Bilbao-Abando. Respecto al emboquille sur, se ha planteado una pantalla móvil
fonoabsorbente de 2,5 m de altura, que se irá desplazando según la actividad de la
maquinaria en la obra. Sin embargo, el promotor indica que se siguen superando
estos OCAs en algunos puntos, para lo que se realizarán mediciones puntuales que
permitan identificar las zonas en las que se pudieran estar superando estos valores para
modificar los rendimientos de la maquinaria en uso. Igualmente, el promotor indica que
se valorará la suspensión temporal de los OCAs según lo indicado en el artículo 9 de la
Ley 37/2003, del Ruido.
Durante la fase de explotación se incluye el análisis acústico de la situación futura en las
zonas en las que el trazado se sitúa en superficie o presenta pozos de ventilación, realizado
en base a los tráficos ferroviarios previstos en la infraestructura. Asimismo, el promotor
incluye un inventario de todas las edificaciones comprendidas dentro del ámbito de estudio
(200 metros a cada lado del eje ferroviario de las zonas en superficie y pozos de
ventilación), puesto que el uso predominante es el residencial a ambos lados de la vía.
Como conclusión de todos estos estudios de modelización, el promotor indica que para el
emboquille sur del túnel, así como para los futuros pozos de ventilación, no se superarán los
valores límite de inmisión en ninguno de los periodos horarios analizados, establecidos en el
Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17
de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y
emisiones acústicas. Considera que no es necesaria la aplicación de medidas correctoras,
dado el carácter del trazado, soterrado en su mayor parte y que anula la afección acústica, e
incluso reduciendo los niveles sonoros en las zonas que actualmente no se encuentran
soterradas, como el entorno de la estación de Bilbao-Abando.
cve: BOE-A-2022-22105
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