III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-22123)
Resolución de 13 de diciembre de 2022, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundación para la Investigación del Hospital Clínico de la Comunidad Valenciana, para potenciar la investigación en epidemiología de las enfermedades crónicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 307

Viernes 23 de diciembre de 2022

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b. Verificar el cumplimiento de su clausulado, proponiendo a ambas partes las
actuaciones a realizar en caso de incumplimientos;
c. Analizar las posibles discrepancias en la interpretación de las clausulas en la
ejecución del convenio y proponer a las partes las posibles soluciones a establecer para
la resolución de las mismas.
2. Las reuniones de la comisión podrán ser ordinarias o extraordinarias. La
comisión se reunirá previa convocatoria del Presidente de la misma, remitida, al menos,
con cinco días de antelación. Se reunirá con carácter extraordinario en las ocasiones en
que se estime necesario, a instancia de cualquiera de las partes.
3. Las reuniones de la comisión se podrán realizar por medios electrónicos.
4. Supletoriamente, sus normas de funcionamiento serán las establecidas en la
Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, para los órganos colegiados.
6.

Confidencialidad, publicaciones y difusión

1. Cada una de las partes se compromete a no difundir, bajo ningún aspecto, la
información científica o técnica perteneciente a la otra parte a la que haya podido tener
acceso en el desarrollo de la Investigación, excepto cuando:

2. Los datos e informes obtenidos durante la realización de los proyectos conjuntos,
así como los resultados finales, tendrán carácter confidencial. Cuando una de las partes
desee utilizar los resultados parciales o finales, en parte o en su totalidad, para su
publicación como artículo, conferencia, etc. deberá solicitar la conformidad de la otra
parte por escrito.
3. Las personas vinculadas a los proyectos objeto del presente Convenio estarán
sujetas a la protección de la confidencialidad de la información. Por ello todo el personal
deberá comprometerse formalmente por escrito a salvaguardarla y su incumplimiento
dará lugar a las responsabilidades indemnizatorias de los daños y perjuicios causados,
en los términos establecidos en el ordenamiento jurídico.
4. Ambas partes se comprometen a que todo el personal participante conozca y
observe el compromiso de confidencialidad regulado por esta cláusula. Las obligaciones
de confidencialidad se extienden a todo el personal integrante de los Grupos de
Investigación, así como los representantes, asesores y cualesquiera otras personas
vinculadas a las Partes y a las que éstas tengan necesidad de revelar la información
confidencial para el desarrollo del presente Convenio, siendo responsable de su
mantenimiento la Parte con quien este personal tuviera vinculación. Dicha parte
responderá de su incumplimiento.
5. Este compromiso de confidencialidad se mantendrá vigente con independencia
de la vigencia del presente Convenio, mientras la información mantenga el carácter
confidencial.
6. Cada parte adoptará las medidas que estime necesarias y adecuadas para evitar
la divulgación de la información confidencial y, muy especialmente, en lo relativo a sus
investigadores, empleados o personal que tenga acceso a la misma. A tal fin cada parte
deberá informar a su personal de las obligaciones en materia de confidencialidad que
tiene en virtud del presente Convenio y para cuyo cumplimiento requiera su
colaboración.

cve: BOE-A-2022-22123
Verificable en https://www.boe.es

a. La parte receptora demuestre que conocía previamente la información recibida.
b. La información recibida sea de dominio público.
c. La parte receptora adquiriese esta información de un tercero sin compromiso de
confidencialidad.
d. Haya obligación de suministrar dicha información ante un requerimiento legal o
judicial. En este supuesto, se notificará inmediatamente a la parte suministradora.
Asimismo la parte receptora solo revelará aquella información que sea requerida legal o
judicialmente.