III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ayudas. (BOE-A-2022-21790)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 2 de noviembre de 2022, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas destinados al Programa de Bienestar Emocional en el ámbito educativo, en el ejercicio presupuestario 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 22 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 179490

Objetivo 3. Facilitar el conocimiento del profesorado, equipos directivos, equipos de
orientación e inspección educativa de los protocolos activos de derivación del alumnado
en situación de riesgo a los servicios de atención primaria de salud mental.
Líneas de actuación:
L1. Elaboración de protocolos frente al acoso escolar, a las conductas autolíticas y
a la ideación suicida, propios para los centros educativos, en sintonía con los
mecanismos de atención de los servicios sanitarios y de protección.
L2. Coordinación con los servicios sanitarios en la derivación y seguimiento del
alumnado.
Objetivo 4. Promover la divulgación de buenas prácticas que sirvan para realizar el
seguimiento de casos de salud mental en el ámbito educativo, para paliar los posibles
efectos provocados en el bienestar emocional, en el desarrollo académico, personal y
social del alumnado y para combatir el estigma.
Líneas de actuación:
L1. Participación en y organización de jornadas y/o eventos específicos orientados
a conocer modelos de intervención, organización y difusión de buenas prácticas.
L2. Introducción de aspectos relacionados con la salud mental y el bienestar
emocional en las jornadas relacionadas con Convivencia e Inclusión.
L3. Difusión de buenas prácticas de reducción del impacto de los trastornos de
salud mental en el rendimiento académico y en el bienestar emocional.
L4. Acciones de divulgación de buenas prácticas para combatir la estigmatización
de los trastornos de salud mental.
L5. Reconocer y premiar prácticas y actuaciones en los centros educativos que, por
su carácter relevante, asociado a la innovación o al buen cuidado entre diferentes
miembros de la comunidad educativa, ayude a mejorar las intervenciones en el campo
del bienestar emocional y de la salud mental tanto del profesorado como del alumnado.
Objetivo 5. Difundir actuaciones para sensibilizar y prevenir sobre el abuso de las
TIC en la infancia y adolescencia y las conductas adictivas con y sin sustancias.
Líneas de actuación:
L1. Diseño de actuaciones de formación en la prevención del abuso de las TIC.
L2. Formación en el ámbito de la prevención de adicciones con sustancia
(consumos de tabaco, alcohol y sustancias estupefacientes) y sin sustancia (a las
tecnologías, tiempos de exposición a pantallas y al uso de dispositivos electrónicos).
L3. Difusión de actuaciones sobre el uso de las TIC y la prevención de adicciones
con sustancias y sin sustancias (ciberadicción y ciberacoso).
Objetivo 6. Favorecer la intervención comunitaria en el campo de la salud mental,
proporcionando las conexiones entre los profesionales de los centros escolares, los
centros sanitarios y los colectivos locales que apoyen a la infancia y juventud.
Líneas de actuación:
L1. Elaboración de una oferta formativa específica y estable, en el ámbito del
bienestar emocional y de la salud mental, para la comunidad educativa, en coordinación
con las administraciones sanitarias.
L2. Coordinación con las administraciones sanitarias y colectivos que apoyen a la
infancia y juventud para el diseño de actividades formativas y de intervención
comunitaria.
L3. Colaboración en acciones comunitarias para la eliminación de la
estigmatización de los trastornos de salud mental.
L4. Actuaciones enfocadas a generar sinergias profesionales entre los sectores
socio-sanitario y educativo, con el objeto de intercambiar conocimientos (especialmente,
entre perfiles de atención primaria, en sanidad, los perfiles de intervención, en servicios

cve: BOE-A-2022-21790
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Núm. 306