III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ayudas. (BOE-A-2022-21790)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 2 de noviembre de 2022, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas destinados al Programa de Bienestar Emocional en el ámbito educativo, en el ejercicio presupuestario 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 22 de diciembre de 2022
8.

Sec. III. Pág. 179489

Actuaciones del programa

Las principales actuaciones del Programa son:
Objetivo 1. Potenciar entre el profesorado, equipos directivos, equipos de orientación e
inspección educativa la formación específica en alfabetización e indicadores tanto en
bienestar emocional como en salud mental, de tal manera que contribuya a la detección
temprana de casos y a crear un ambiente escolar positivo y seguro.
Líneas de actuación:
L1. Diseño de actuación formativa con carácter de recomendación fundamental y
fórmula de módulos transversales, para todas las administraciones educativas, con el
objeto de ser añadida a: los requisitos de formación de función directiva; la formación
para funcionarios en prácticas; la formación para coordinadoras/es de bienestar y
protección; la formación específica inicial de funcionarios; los cursos ya ofertados para
docentes y otros agentes educativos.
L2. Oferta formativa específica en el ámbito de Salud Mental, con especial atención
al Bienestar Emocional, en coordinación con las administraciones sanitarias, atendiendo
a los principios de cooperación y colaboración entre las Administraciones públicas,
especificado en el Convenio Marco entre el Ministerio de Educación y Formación
Profesional y el Ministerio de Sanidad, de 11 de noviembre de 2019, para la educación y
promoción de la salud en la escuela.
L3. Formación en el ámbito de la salud emocional, las conductas autolíticas y la
prevención del suicidio.
L4. Acciones de formación para la promoción de factores protectores como la
resiliencia, la autoestima, las competencias sociales orientadas a la participación del
alumnado, las habilidades para la toma de decisiones y resolución de conflictos,
asegurar un ambiente escolar positivo y seguro, desarrollar conductas prosociales de
ayuda a los demás y de fomento de la salud física.
Objetivo 2. Impulsar la formación que contribuya a una intervención basada en el
buen trato a la infancia y la adolescencia, y el respeto de los derechos fundamentales de
niñas, niños y adolescentes.
Líneas de actuación:
L1. Formación para docentes en técnicas y estrategias prácticas que sirvan para
favorecer y potenciar la participación del alumnado en la gestión ordinaria de las
dinámicas de los centros educativos.
L2. Diseño de actuación formativa sobre Derechos y Protección de la Infancia y
Adolescencia.
L3. Acciones de formación en bases para la justicia y la protección del derecho
fundamental a la salud mental en infancia y adolescencia.
L4. Diseño de actuación formativa sobre Convivencia e Inclusión.
L5. Acciones que favorezcan implementaciones de modelos organizativos en los
centros, así como las acciones de formación necesarias para visibilizar, localizar y
atender los casos de malos tratos, violencia sexual y de género contra la infancia y
adolescencia, haciendo hincapié en la dinamización de los posibles mecanismos de
comunicación con el alumnado.
L6. Diseño de actuaciones formativas para el conocimiento de los protocolos de
actuación frente a indicios de acoso escolar, ciberacoso, acoso sexual, violencia de
género y cualquier otra manifestación de violencia.

cve: BOE-A-2022-21790
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Núm. 306