III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ayudas. (BOE-A-2022-21791)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 2 de noviembre de 2022, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas destinados al Programa de Educación Inclusiva, en el ejercicio presupuestario 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 22 de diciembre de 2022

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Destinatario último: Alumnado de la etapa de Educación Infantil y de los dos primeros
ciclos de Educación Primaria que se encuentre escolarizado en centros ordinarios y/o
centros de educación especial sostenidos con fondos públicos.
4.

Financiación

El Programa de Educación Inclusiva dispone de un crédito de 38.000.000,00 euros
con cargo a la aplicación presupuestaria 18.04.322B.456 de los Presupuestos Generales
del Estado para 2022.
La concesión se efectuará por Resolución del Ministerio de Educación y Formación
Profesional, y se abonará con carácter anticipado para la financiación de las
actuaciones, de conformidad con el artículo 34.4 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre,
General Presupuestaria. El pago de la ayuda se hará sin necesidad de constitución de
fianza o garantía, de conformidad con lo previsto en el artículo 42.2.a) Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86.2, regla quinta, de la Ley 47/2003,
de 26 de noviembre, General Presupuestaria, los créditos que corresponda gestionar a
cada comunidad autónoma se le librarán y harán efectivos por cuartas partes en la
segunda quincena natural de cada trimestre, sin que deba producirse más excepción a
esta regla que la del pago correspondiente al primer trimestre, que sólo podrán hacerse
efectivos una vez se haya aprobado definitivamente la distribución territorial de los
créditos y se hayan suscrito o formalizado los correspondientes compromisos financieros,
convenios o resoluciones, en los términos previstos en las reglas anteriores.
Para llevar a cabo este programa, el Ministerio de Educación y Formación
Profesional, se compromete a aportar los fondos asignados a las actuaciones del
Programa de Educación Inclusiva, distribuidos de acuerdo con los porcentajes y los
criterios de distribución indicados en este acuerdo.
Asimismo, las comunidades autónomas se comprometen a ejecutar toda la
financiación recibida del MEFP para este programa realizando las licitaciones y
contrataciones que fueran necesarias para implementar cada una de las actuaciones en
el marco de lo establecido en el presente programa de cooperación territorial.
5.

Criterios de distribución

El Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP) aporta los fondos en
función de los siguientes criterios:
– Número de alumnos y alumnas de la etapa de Educación Infantil y de los dos
primeros ciclos de Educación Primaria escolarizados en centros sostenidos con fondos
públicos. Curso 2019-2020. Ponderación: 90 %.
– Dispersión de la población e insularidad, según las cifras oficiales de población de
los municipios españoles: Revisión del Padrón Municipal a 1 de enero de 2021 del
Instituto Nacional de Estadística. Porcentaje de población en entidades singulares de
población menores de 5.000 habitantes, se incluye la población completa de las
siguientes islas: Ibiza, Formentera, Menorca, Lanzarote, Fuerteventura, La Gomera, El
Hierro y La Palma. Ponderación: 10 %.
cve: BOE-A-2022-21791
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 306