III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ayudas. (BOE-A-2022-21791)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 2 de noviembre de 2022, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas destinados al Programa de Educación Inclusiva, en el ejercicio presupuestario 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 22 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 179496

2. Impulsar acciones dirigidas a fomentar y facilitar la colaboración de las familias
en la vida del centro y desarrollar sentimiento de pertenencia:
– Generar centros seguros y acogedores que promueven el sentido de pertenencia y
la contribución de todos los miembros de la comunidad educativa.
– Promover la participación y la colaboración de las familias en la vida del centro
(gestión de la convivencia RRI…) para buscar soluciones conjuntas y desarrollar
sentimiento de pertenencia.
– Desarrollar acciones que permiten consolidar un modelo colaborativo basado en
un protagonismo compartido.
3. Establecer procedimientos que garanticen la detección precoz e intervención
temprana:
– Desarrollar canales de acción en la prevención, detección y atención temprana de
las necesidades educativas específicas que requieran una atención educativa diferente a
la ordinaria.
– Definir y articular los recursos asociados a la prevención de dificultades en el
conjunto del aula y no solo con el alumnado que presenta necesidades específicas.
– Promover la coordinación/ colaboración entre los ámbitos de salud, servicios
sociales, comunitarios y educación.
4. Asegurar atención especializada para el alumnado con necesidad específica de
apoyo educativo:
– Atender al alumnado que requiere una respuesta educativa diferente a la ordinaria
por presentar necesidades específicas de apoyo educativo. De manera especial a
aquellas que mantienen un elevado índice de prevalencia, aunque menor grado de
severidad, y que condicionan la adquisición de aprendizajes posteriores, así: el retraso
madurativo, los trastornos del aprendizaje, de la atención y/o alteraciones en la
adquisición y el desarrollo del lenguaje.
3.

Destinatarios

Los destinatarios del Programa son centros sostenidos con fondos públicos que
escolaricen alumnado de la etapa de Educación Infantil y de los dos primeros ciclos de
Educación Primaria.
Requisitos de los centros:
– Centros que recojan en sus documentos de centro/planes de mejora, líneas de
actuación/trabajo que favorezcan el desarrollo de los principios de la educación inclusiva:
Codocencia, DUA, programas de estimulación y prevención, apoyos especializados en el
entorno natural del alumnado, programas de colaboración Centros Ordinarios/Centros de
Educación Especial de la zona.
– Centros que establezcan condiciones organizativas que facilitan la coordinación
docente y planificación educativa.
– Centros que incluyan propuestas para desarrollar planes de Formación (con la
participación de al menos un 60 % de la comunidad educativa) para la incorporación de
recursos inclusivos, o que se comprometan a incluir estas propuestas: docencia
compartida, accesibilidad universal, actuaciones educativas de éxito, sistemas
aumentativos de comunicación, apoyos especializados al servicio de las necesidades de
todo el alumnado.
– Centros que articulen líneas de comunicación «preferentes» con las familias:
espacios, tiempos, cauces de participación, difusión de recursos del entorno, proyectos
de sensibilización para generar actitudes de inclusión, apoyo y ayuda hacia todos los
componentes de la comunidad educativa.

cve: BOE-A-2022-21791
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 306