III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-21797)
Resolución de 13 de diciembre de 2022, del Centro de Investigaciones Energéticas Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid, el Servicio Madrileño de Salud, la Universidad Complutense de Madrid, la Universidad Autónoma de Madrid, la Universidad Europea de Madrid y la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario 12 de Octubre, para el mantenimiento y desarrollo del Instituto de Investigación Sanitaria del Hospital Universitario 12 de Octubre (i+12).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 22 de diciembre de 2022

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concentración de esfuerzos de los distintos grupos y entidades dirigidos al desarrollo de
una investigación en salud de excelencia, aprovechando economías de escala con el fin
de desarrollar una investigación más eficaz y más competitiva.
IX. Que tal y como dispone la Ley 14/2007, de 3 de julio, de investigación
biomédica, en sus artículos 88 y 89, el Sistema Nacional de Salud (en adelante, SNS)
colaborará con otras instituciones y organizaciones implicadas en la investigación para la
utilización conjunta de infraestructuras científicas y a tal efecto, se promoverá la
configuración de institutos de investigación sanitaria en el seno de los centros del SNS
mediante la asociación de grupos de investigación. Del mismo modo, y conforme a la
citada normativa, con el fin de incrementar la implicación del sector privado en la
Investigación Biomédica y en Ciencias de la Salud, se podrán celebrar convenios con
entidades privadas que realicen actividades de investigación científica y desarrollo
tecnológico. La capacidad investigadora de estos institutos, a los efectos de la
participación en las convocatorias del Ministerio de Sanidad, y/o del Ministerio de Ciencia
e Innovación podrá ser acreditada por el propio Ministerio a propuesta del Instituto de
Salud Carlos III o de las Comunidades Autónomas, por el procedimiento establecido
mediante el Real Decreto 279/2016, de 24 de junio, sobre acreditación de institutos de
investigación biomédica o sanitaria.
X. Que en este sentido la Consejería de Sanidad, a través de la Dirección General
competente en materia de investigación, en el marco de la política científica regional
para el ámbito sanitario, tiene entre sus funciones definir y promover la estrategia de
constitución de los IIS.
XI. Que el Real Decreto 279/2016, de 24 de junio, tiene por objeto la regulación del
procedimiento para la acreditación de IIS en el ámbito del SNS con la finalidad de
fomentar la asociación de los hospitales del SNS, de las universidades, organismos
públicos de investigación y otros centros públicos o privados de investigación, a los
efectos de constituir institutos de investigación multidisciplinares y multiinstitucionales
que contribuyan a fundamentar científicamente los programas y políticas del SNS,
potenciando preferentemente la investigación traslacional. Las entidades que integrarán
los IIS serán necesariamente, de una parte hospitales docentes del SNS, y, de otra,
centros públicos o privados de I+D+i, entre los cuales se incluyen los dispositivos de
investigación de atención primaria. Los hospitales docentes del SNS constituyen el
núcleo básico de los IIS resultantes de dicha asociación. Los IIS dispondrán de una
estructura organizativa en los términos previstos en el artículo 4 del citado real decreto,
la cual viene regulada y desarrollada en el presente convenio para el Instituto i+12.
XII. En fecha 15 de diciembre de 2009, se firmó el convenio de colaboración, con el
fin de crear el Instituto de Investigación Sanitaria del Hospital Universitario 12 de Octubre
(en adelante Instituto i+12), con fecha 15 de diciembre de 2013 se firmó adenda de
prórroga y modificación al convenio y con fecha 15 de diciembre de 2017 se firmó
adenda de modificación y prórroga al convenio.
Dado el tiempo transcurrido y subsistiendo la necesidad de dar continuidad al
Instituto de Investigación y a sus actividades y con el fin de adaptarse a los nuevos
agentes que intervienen en la investigación e innovación sanitaria de la Comunidad de
Madrid, así como a las previsiones establecidas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del
Régimen Jurídico del Sector Público, relativas a los convenios administrativos, es
necesario suscribir un nuevo convenio que sustituya al anterior que se adapte a la
realidad actual y al nuevo marco normativo y competencial, así como a las previsiones
establecidas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector
Público, y al artículo 34 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la
Innovación, en cuanto a la duración de este tipo de convenios.
XIII. Que a tal efecto las partes intervinientes en el ejercicio de sus respectivas
facultades consideran necesaria la colaboración conjunta en las materias de su

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Núm. 306