III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-21797)
Resolución de 13 de diciembre de 2022, del Centro de Investigaciones Energéticas Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid, el Servicio Madrileño de Salud, la Universidad Complutense de Madrid, la Universidad Autónoma de Madrid, la Universidad Europea de Madrid y la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario 12 de Octubre, para el mantenimiento y desarrollo del Instituto de Investigación Sanitaria del Hospital Universitario 12 de Octubre (i+12).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Jueves 22 de diciembre de 2022

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competencia y acuerdan suscribir el presente convenio que llevan a efecto con sujeción
a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
1. El objeto de este convenio es el mantenimiento y desarrollo del Instituto i+12,
creado mediante Convenio de 15 de diciembre de 2009, para fomentar, desarrollar e
integrar la investigación de excelencia en ciencias de la salud, con especial atención a
aquella de carácter cooperativo, trasversal y multidisciplinar que potencia la investigación
traslacional.
2. El presente convenio constituye a todos los efectos el instrumento jurídico que
ampara la asociación de las entidades que integran el Instituto i+12.
Segunda.

Entidades integrantes.

1. El Instituto i+12 está constituido por la Comunidad de Madrid a través de la
Consejería de Sanidad, el SERMAS a través de HU12O y Atención Primaria, la UCM, la
UAM, la UEM, el CIEMAT y la Fundación.
2. El HU12O, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3.2 del Real
Decreto 279/2016, de 24 de junio, constituye el núcleo básico del Instituto i+12.
3. La Fundación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.c) del Real
Decreto 279/2016, de 24 de junio, será la única entidad gestora del Instituto i+12.

1. Las entidades integrantes del Instituto i+12 pondrán a disposición del
cumplimiento de este convenio los espacios e infraestructuras relacionados en el anexo
II, manteniendo la titularidad sobre los mismos.
2. Los bienes que se pongan a disposición de los/las investigadores/as del Instituto
i+12 al amparo de este convenio, o los adquiridos en un momento posterior con la
financiación de cada una de las entidades integrantes, se reflejarán en un inventario que
se mantendrá actualizado y que especificará la entidad a la que, en cada caso,
corresponda la titularidad de aquéllos. Con carácter general y salvo acuerdo específico,
cada entidad asumirá los gastos de mantenimiento y conservación de los bienes de su
titularidad.
3. Los gastos derivados del funcionamiento del Instituto i+12 serán por cuenta de
las entidades firmantes de este convenio, de forma que éstas sostendrán los gastos
correspondientes a las estructuras que cada una de las entidades pongan a disposición
del Instituto i+12. La suscripción de este convenio no genera gasto ni incremento del que
ya tienen imputado, y que es actualmente soportado por las citadas entidades, con cargo
a sus correspondientes presupuestos o dotaciones autorizados.
4. El Consejo Rector, a iniciativa del/de la Director/a Científico/a, propondrá a las
entidades integrantes la aprobación de los gastos de funcionamiento que se dediquen a
los objetivos de este convenio. En la medida en que esta financiación se obtenga a
través de actividades científicas financiadas por las distintas agencias públicas o
privadas, parte de esta financiación podrá destinarse a aportar recursos que garanticen
el funcionamiento del Instituto i+12 en función de las necesidades requeridas para
ofrecer el servicio de apoyo adecuado a los/las investigadores/as vinculados/as al
Instituto i+12.
5. Las partes se comprometen a mantener esta participación en el Instituto i+12,
con pleno ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones, a través de sus
órganos de gobierno y a contribuir a la consecución de los objetivos del Instituto i+12
recogidos en la cláusula quinta de este convenio.

cve: BOE-A-2022-21797
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Compromiso de las partes.