II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2022-21775)
Orden de 12 de diciembre de 2022, del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se aprueban las bases generales de los procesos de estabilización del personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Jueves 22 de diciembre de 2022

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8.2 Los requisitos establecidos deberán poseerse en el momento de finalizar el
plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo
hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera. La
presentación de la solicitud para formar parte del proceso selectivo llevará implícita la
declaración de la persona aspirante de cumplir con los requisitos exigidos en esta base,
sin perjuicio de su posterior acreditación, de conformidad con la base general
decimoquinta. Por lo que se refiere al requisito del cumplimiento del perfil lingüístico se
estará a la fecha que se establezca en las bases específicas de cada convocatoria.
8.3 El personal funcionario español de organismos internacionales podrán acceder
al empleo público siempre que posean la titulación requerida y superen los
correspondientes procesos selectivos.
Novena.

Acceso de las personas con discapacidad.

9.1 Quienes opten a las plazas reservadas para las personas con discapacidad
además de cumplir los requisitos de participación a que se refiere la base octava,
deberán tener reconocida una discapacidad de grado igual o superior al 33 % por el
órgano competente de las Diputaciones Forales, el IMSERSO o equivalente, a la fecha

cve: BOE-A-2022-21775
Verificable en https://www.boe.es

4.º Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los organismos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso a la Escala de personal funcionario de Administración local con
habilitación de carácter nacional.
5.º Titulación: estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos o
haber abonado los derechos para su expedición: Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o
Grado, según lo previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
para el ingreso en los cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo A1.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en
posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia.
Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido
el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones
reguladas al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
6.º No incurrir en causa legal de incapacidad o incompatibilidad según la normativa
vigente dejando a salvo el derecho de opción que esta le otorgue.
7.º No ser personal funcionario de carrera de la subescala a la que se pretende
participar de la escala de personal funcionario de Administración Local con habilitación
de carácter nacional.
8.º Perfil lingüístico: En los puestos objeto de la convocatoria puede ser requisito
para la provisión de los puestos de trabajo que serán ofertados en primer destino estar
en posesión del perfil lingüístico 3 o perfil lingüístico 4 de euskera o de un título o
certificado convalidado con dicho perfil, conforme al Decreto 297/2010, de 9 de
noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de
euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para
las Lenguas o del Decreto 47/2012, de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios
oficiales realizados en euskera y de la exención de la acreditación con títulos y
certificaciones lingüísticas en euskera.
9.º Pago de tasas: Haber satisfecho la tasa por la inscripción en las convocatorias
para la selección de personal, prevista en el artículo 36 y siguientes del Texto refundido
de la Ley de tasas y precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma
del País Vasco aprobado por Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre: Subgrupo
A-1: 23,49 euros.