II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2022-21775)
Orden de 12 de diciembre de 2022, del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se aprueban las bases generales de los procesos de estabilización del personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Jueves 22 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 179381

examen se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base
octava, no podrán ser nombrados personal funcionarios en prácticas y quedarán
anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido
por falsedad en la solicitud de participación.
17.3 Personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter
nacional perteneciente a otras subescalas: Quienes ya perteneciesen a alguna
subescala distinta de la Escala de personal funcionario de Administración local con
habilitación de carácter nacional estarán exentos de justificar documentalmente las
condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, si
bien presentarán idéntica solicitud indicando que ya pertenecen a la escala de personal
funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Curso selectivo.

18.1 El curso selectivo se desarrollará por el Instituto Vasco de Administración
Pública.
La finalidad del curso es proporcionar a las personas aspirantes la formación y la
capacitación suficientes para ejercer con eficacia las funciones propias del ejercicio de
su puesto de trabajo. El contenido, el calendario y el lugar de realización, así como otras
normas que lo regulen, serán establecidos y comunicados oportunamente por el Instituto
Vasco de Administración Pública.
18.2 Conforme se establece en la base general undécima, las personas propuestas
como funcionarias en prácticas podrán solicitar el aplazamiento de su incorporación al
curso selectivo. La solicitud deberá ser debidamente motivada, y la resolución de la
misma corresponderá a la Directora del Instituto Vasco de Administración Pública.
Quienes dentro del plazo establecido, y salvo casos de fuerza mayor o de concesión
de aplazamiento, no se incorporen al curso de formación selectivo perderán los derechos
obtenidos en el proceso selectivo.
En los supuestos en que la no incorporación al curso selectivo de las personas
llamadas a realizarlo, más allá de los supuestos de concesión de aplazamiento, se
comunicara con anterioridad al inicio de este curso, el Tribunal podrá efectuar propuesta
complementaria de nombramiento, como funcionario en prácticas, a favor de la persona
o las personas aspirante/s que correspondan, según el orden de puntuación de la
relación definitiva de su correspondiente proceso selectivo. Asimismo, se llamará a esta
persona o personas a participar en el curso selectivo correspondiente.
En los supuestos en que la no incorporación al curso selectivo de las personas
llamadas a realizarlo, más allá de los supuestos de concesión de aplazamiento, se
produjera o comunicara con posterioridad al inicio de este curso, el Tribunal podrá
efectuar propuesta de nombramiento complementaria, como funcionario en prácticas, a
favor de la o las personas aspirante/s que correspondan, según el orden de puntuación
de la relación definitiva de su correspondiente proceso selectivo.
18.3 Finalizado el curso, las personas que superen el mismo deberán desarrollar un
periodo de prácticas en alguna administración foral o local de la Comunidad Autónoma
de Euskadi, en los términos que se señalen en las bases específicas.
18.4 Las personas aspirantes que no superen el curso selectivo, de acuerdo con el
procedimiento de calificación previsto en las bases específicas, perderán el derecho a su
nombramiento como funcionarios o funcionarias de carrera, con la resolución previa
motivada de la Directora del Instituto Vasco de Administración Pública, a propuesta del
órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Decimonovena.

Nombramiento de personal funcionario de carrera.

19.1 Concluido el curso selectivo, la Directora del Instituto Vasco de Administración
Pública hará públicas en las oficinas del Instituto Vasco de Administración Pública
relacionadas en la base décima y en la dirección de Internet señalada en la base
duodécima, la relación de la las personas aspirantes que lo hubiesen superado, cuyo

cve: BOE-A-2022-21775
Verificable en https://www.boe.es

Decimoctava.