I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Eurojust. (BOE-A-2022-21740)
Ley 29/2022, de 21 de diciembre, por la que se adapta el ordenamiento nacional al Reglamento (UE) 2018/1727 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de noviembre de 2018, sobre Eurojust, y se regulan los conflictos de jurisdicción, las redes de cooperación jurídica internacional y el personal dependiente del Ministerio de Justicia en el exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Jueves 22 de diciembre de 2022
Artículo 16.

Sec. I. Pág. 179069

Sistema de coordinación nacional de Eurojust.

El sistema de coordinación nacional de Eurojust estará integrado por:
a) El coordinador nacional de Eurojust.
b) El corresponsal nacional para asuntos de terrorismo.
c) En su caso, los demás corresponsales nacionales de Eurojust.
d) El coordinador nacional de la Red Judicial Europea, así como dos puntos de
contacto de dicha Red pertenecientes a las dos instituciones que no desempeñen las
funciones de coordinador nacional conforme a lo dispuesto en el artículo 29.
e) Un punto de contacto que designará cada una de las redes de equipos
conjuntos de investigación y de las redes establecidas de conformidad con la
Decisión 2002/494/JAI del Consejo, de 13 de junio de 2002, relativa a la creación de
una red europea de puntos de contacto en relación con las personas responsables
de genocidio, crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra, la
Decisión 2007/845/JAI del Consejo, de 6 de diciembre de 2007, sobre cooperación
entre los organismos de recuperación de activos de los Estados miembros en el
ámbito del seguimiento y la identificación de productos del delito o de otros bienes
relacionados con el delito, y la Decisión 2008/852/JAI del Consejo, de 24 de octubre
de 2008, relativa a una red de puntos de contacto en contra de la corrupción.
Artículo 17.

Funcionamiento del Sistema de coordinación nacional de Eurojust.

1. El Ministerio de Justicia facilitará los medios necesarios para garantizar el
funcionamiento del sistema de coordinación nacional de Eurojust regulado en el
artículo 20 del Reglamento (UE) 2018/1727.
2. Los miembros del sistema de coordinación nacional se reunirán como mínimo
cada seis meses y, en todo caso, siempre que la gestión de un caso concreto lo requiera,
previa convocatoria del coordinador nacional. Además de las reuniones plenarias,
podrán ser convocadas reuniones sectoriales cuando las cuestiones a tratar no afecten a
todas las redes representadas en el sistema.
3. Cuando se considere necesario, en función de la materia a tratar, el coordinador
nacional podrá convocar a la unidad nacional de Europol y a representantes de las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o del Servicio de Vigilancia Aduanera de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria y de cualesquiera cuerpos policiales con
competencia en materia de policía judicial. Asimismo, podrá convocar a otras
autoridades con competencias sobre las materias a coordinar.
4. El funcionamiento del sistema de coordinación nacional no deberá sustituir ni
entorpecer el contacto directo entre las autoridades competentes previsto en los
instrumentos de cooperación jurídica internacional, ni excluirá las relaciones directas
entre el miembro nacional y las autoridades nacionales competentes.

1. El coordinador nacional responderá del funcionamiento del sistema de
coordinación nacional de Eurojust y como tal podrá actuar a iniciativa propia o bien a
instancia del miembro nacional o de las autoridades nacionales competentes.
2. El coordinador nacional facilitará, dentro del territorio español, la realización de
las tareas de Eurojust y en particular las previstas en el artículo 20.7 del Reglamento
(UE) 2018/1727.
Sección 4.ª
Artículo 19.

De las relaciones entre Eurojust y las Autoridades Españolas

Deber de colaboración.

1. Los jueces y tribunales, los miembros del Ministerio Fiscal y todas las entidades
públicas, autoridades y sus agentes y funcionarios públicos, están obligados a prestar la

cve: BOE-A-2022-21740
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 18. Funciones del coordinador nacional de Eurojust.