III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Actividad investigadora. Evaluación. (BOE-A-2022-21729)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 21 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 178963

6. Con carácter orientativo, se considera que, para poder alcanzar una evaluación
positiva en las áreas de Biología Celular y Molecular, se cumplirá alguno de los
siguientes requisitos:
a) Cinco artículos publicados en revistas situadas en primer cuartil (nivel alto),
dentro de las categorías o áreas científicas en las que se clasifican dichas revistas en el
JCR Science Edition.
b) Cinco artículos publicados en revistas situadas en segundo cuartil (nivel medio),
dentro de las categorías científicas en las que se clasifican dichas revistas en el JCR
Science Edition, siempre que la persona solicitante tenga un papel relevante en, al
menos, tres de ellas.
c) Las aportaciones situadas en el tercer cuartil no podrán ser más de dos y las del
cuarto cuartil no más de una, siempre que las aportaciones restantes sean al menos del
segundo cuartil y la persona solicitante ocupe un lugar relevante en las cinco
aportaciones.
d) Alternativamente, se podrá obtener una evaluación positiva con menos de cinco
aportaciones, si al menos tres de ellas son de muy alta calidad (primer decil en un área
de Biología Celular y Molecular) y la persona solicitante tiene un papel relevante en
todas ellas.
7. Finalmente, con el objetivo de orientar adecuadamente la solicitud, se
recomienda que, además de un pequeño resumen de los contenidos de la aportación y
de su relevancia científica, se indiquen parámetros de calidad que la avalen, tales como:
citas recibidas, tesis doctorales a las que ha dado origen, proyectos nacionales/
internacionales que han financiado la investigación o que se han derivado de la misma,
premios, colaboraciones nacionales/internacionales o cualquier otro aspecto que se
considere relevante.
Campo 4.

Ciencias Biomédicas

1. Todas las aportaciones deberán ser clasificables como ordinarias según la Orden
de 2 de diciembre de 1994, salvo casos excepcionales. Las solicitudes que presenten
patentes podrán ser valoradas, previo informe del comité, por el Campo 6.
2. El número de firmantes deberá estar justificado por el tema, su complejidad y
extensión. Como principio general, un número elevado de autoras/es implicará la
aplicación de un factor de reducción en la valoración del trabajo, si sus exigencias de
contenido y metodología no lo justifican. No se aplicará cuando la persona solicitante sea
primera, última o autora de correspondencia. No se considerará como aportación aquella
en la que la persona solicitante no es autora firmante de la misma, sino que está incluida
en un grupo de trabajo, consorcio de múltiples colaboraciones, que figura relacionada
generalmente en el apéndice del trabajo.
3. Se valorarán los artículos publicados en revistas de reconocida valía,
aceptándose como tales las que ocupen posiciones relevantes en el listado
correspondiente a su categoría científica en el «Journal Citation Reports (JCR), Science
Edition». El JCR de referencia para la evaluación será el del año de publicación del
artículo. Para artículos publicados en el año de la convocatoria, será el último JCR
publicado. Los artículos deberán estar publicados en revistas que pertenezcan a las
categorías o áreas científicas de las Ciencias Biomédicas. En caso de que una
publicación esté indexada en más de una categoría, se tomará el cuartil o valoración
más favorable. Se analizarán en detalle las situaciones de reiterada publicación de
trabajos en revistas o editoriales pertenecientes o asociadas al mismo organismo en el
que la persona solicitante realice su investigación, entendiendo como reiterada la
publicación de más de dos trabajos en el periodo evaluado.
4. En la evaluación de los libros y capítulos de libros, si procede, se tendrá en
cuenta el prestigio internacional de la editorial, tomando como referencia las editoriales
que ocupen posiciones destacadas en Scholarly Publishers Indicators (SPI). Del mismo

cve: BOE-A-2022-21729
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Núm. 305