III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Actividad investigadora. Evaluación. (BOE-A-2022-21729)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 21 de diciembre de 2022
3.

Sec. III. Pág. 178969

Entre las aportaciones, se valorarán preferentemente:

a) Las patentes en explotación, demostrada mediante contrato de compraventa o
contrato de licencia, y las patentes concedidas por la Oficina Española de Patentes y
Marcas mediante el sistema de examen previo. Se tendrá en cuenta la extensión de la
protección de la patente (nacional, europea, internacional), valorándose más la de
protección más extensa.
b) Los artículos publicados en revistas de calidad reconocida, aceptándose como
tales las que ocupen posiciones relevantes en los listados por ámbitos científicos en el
«Journal Citation Reports (JCR), Science Edition o Social Sciences Edition» así como en
los listados de «Scimago Journal Rank (SJR)» en el año de su publicación. Para
artículos publicados en el año de la convocatoria, el factor de impacto en JCR, SJR de
referencia será el último publicado. No se tomarán en consideración aportaciones que,
aun aparecidas en estas revistas, sean de escasa extensión, tales como notas,
contestación a artículos, etc. Se consideran revistas de alta relevancia las situadas en el
primer y segundo cuartil. Las revistas situadas en el tercer cuartil se consideran de
relevancia media y las del cuarto cuartil de relevancia baja.
En las áreas de Arquitectura se tendrán en cuenta también los artículos publicados
en revistas recogidas en bases de datos internacionales como «Arts and Humanities
Citation Index de Web of Science». También se considerarán artículos publicados en
revistas incluidas en bases de datos de la especialidad, como Avery Index to
Architectural Periodical, o Riba Online Catalogue. Se valorará la inclusión de la revista en
más de una base datos.
c) Los libros y capítulos de libro siempre que estén publicados en editoriales de
reconocido prestigio, especialmente internacional, cuenten con un procedimiento
selectivo para la aceptación de originales, según sistemas recogidos en el Scholarly
Publishers Indicators (SPI) o hayan obtenido el sello de Calidad en Edición Académica
(CEA-APQ). En todo caso, han de cumplir los criterios requeridos en el apéndice de esta
resolución. Se tendrán en cuenta también el número y carácter de las citas recibidas que
consten en la base de datos Web of Science y/o Scopus, las reseñas y críticas en
revistas especializadas, o bien en colecciones de libros, el prestigio de las editoriales, la
traducción a otras lenguas, la inclusión en bibliografías académicas independientes del
autor y su entorno, así como los indicios de calidad generados.
En el caso de las áreas de Arquitectura, se valorarán también los libros y capítulos
de libro que figuren en el catálogo de Avery y/o Riba. También las publicaciones
resultantes de congresos internacionales de reconocido prestigio, siempre que sean
vehículo de difusión del conocimiento comparable a las revistas incluidas en el JCR,
SJR, Cite Score o estén publicadas en editoriales incluidas en SPI o editoriales que
hayan obtenido el sello de Calidad en Edición Académica (CEA-APQ). En dichos casos,
cada aportación podrá ser considerada, con carácter general, como de relevancia media
o de poca relevancia a criterio del Comité, y en función de aspectos como posición en los
índices citados, número de páginas, número de firmantes y naturaleza de la aportación.
Quedan específicamente excluidos los libros o capítulos de libro autopublicados o
financiados por el autor/a.
d) Los proyectos singulares arquitectónicos, urbanísticos o de ingeniería que serán
valorados por su carácter innovador, constatado por los premios y distinciones recibidos,
por su impacto en la literatura especializada nacional e internacional o por haber sido
mostrados en exposiciones relevantes con catálogo que no sea autoedición.
e) Los desarrollos tecnológicos y arquitectónicos importantes, cuyo reconocimiento
sea demostrable.
f) La participación en exposiciones de prestigio y las de carácter monográfico,
dedicadas a un/a solo/a autor/a considerando especialmente la proyección del espacio
expositivo (internacional, nacional, local).
También se considerará el comisariado de exposiciones, siempre que se publique un
catálogo con repercusión en los medios académicos especializados nacionales e
internacionales.

cve: BOE-A-2022-21729
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Núm. 305