III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2022-21721)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Asociación Cultural Coordinadora Estatal de Salas Privadas de Música en Directo, para la organización del Circuito de Músicas Actuales Cultura de Sala, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Miércoles 21 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 178921

establecidas en el anexo III de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no
causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
ii) las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de
la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de
efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de
referencia pertinentes. Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto
invernadero provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente
inferiores a los parámetros de referencia pertinentes, deberá facilitarse una explicación
motivada al respecto. Parámetros de referencia establecidos para la asignación gratuita
de derechos de emisión en relación con las actividades que se inscriben en el ámbito de
aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión, según lo establecido en el
Reglamento de Ejecución (UE) 2021/447 de la Comisión.
iii) las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras [esta
exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en
plantas dedicadas exclusivamente al tratamiento de residuos peligrosos no reciclables, ni
a las plantas existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar la
eficiencia energética, capturar los gases de escape para su almacenamiento o
utilización, o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que tales
acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las
plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse
documentalmente por cada planta] y plantas de tratamiento mecánico-biológico [esta
exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en las
plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan
por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones
de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de
biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de
tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos
pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta]; y
iv) las actividades en las que la eliminación de residuos a largo plazo pueda causar
un perjuicio al medio ambiente.
Asimismo, las partes se comprometen al cumplimiento de la legislación
medioambiental nacional y de la UE pertinente.
Promoción y difusión.

Las partes se comprometen a utilizar sus recursos para facilitar la difusión de las
actividades, respetándose en todo caso las obligaciones derivadas de las disposiciones
comunitarias sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en materia de
comunicación.
Las partes se comprometen a que en toda la publicidad y en todo el material de
promoción y difusión del Circuito Cultura de Sala para todos los públicos aparecerán los
logotipos formalizados y en vigor de las instituciones participantes, sin perjuicio de que
se desarrolle la imagen-marca y el logotipo identificador del circuito, así como las marcas
de posibles patrocinadores del mismo.
Asimismo, deberá exhibirse de forma correcta y destacada el emblema de la UE con
una declaración de financiación adecuada que diga -financiado por la Unión EuropeaNextGenerationEU», junto al logo del PRTR.
Séptima.

Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control.

Se establece una Comisión de Seguimiento a la que le corresponde el control de las
actividades que deben desarrollarse en ejecución del presente convenio así como
resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse, que
estará integrada por parte del INAEM, por la persona que ostente la titularidad de la
Subdirección General de Música y Danza y quien desempeñe la Subdirección Adjunta en

cve: BOE-A-2022-21721
Verificable en https://www.boe.es

Sexta.