III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2022-21721)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Asociación Cultural Coordinadora Estatal de Salas Privadas de Música en Directo, para la organización del Circuito de Músicas Actuales Cultura de Sala, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Miércoles 21 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 178920

– Asumir los costes de oficina, equipo, suministros y mantenimiento. Este concepto
se cuantifica en un importe máximo de 4.200 euros (cuatro mil doscientos euros), IVA
incluido.
La estimación económica de la participación de ACCES se cuantifica en un importe
máximo de doscientos cincuenta y nueve mil quinientos diez euros (259.510 euros), IVA
incluido, distribuida de la forma que sigue:
Concepto

Costes de cesión de espacios programaciones.
Gastos de creación y organización.
Costes de oficina, equipos, suministros y mantenimiento.
Total.

2022

Euros

2023

Euros

1.210 242.000
12.100

0

1.400

2.800

14.710 244.800

Las actuaciones previstas en el presente Convenio no darán lugar a contraprestación
financiera entre las Partes.
Los ingresos de la aportación de posibles patrocinadores, se ingresarán en la cuenta
general de ingresos del INAEM y redundará en el presupuesto que aporta este
organismo al presente proyecto.
Cuarta. Obligación de cumplimiento de las disposiciones comunitarias sobre el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Las partes se comprometen a cumplir la totalidad de las disposiciones comunitarias
sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en particular, aunque no de manera
exclusiva:
1. A cumplir con la obligación de aseguramiento de la regularidad del gasto
subyacente y de la adopción de medidas dirigidas a prevenir, detectar, comunicar y
corregir el fraude y la corrupción, prevenir el conflicto de interés y la doble financiación,
así como no hacer daño significativo al medio ambiente.
2. Al cumplimiento de la normativa sobre Ayudas de Estado.
3. A contribuir a la fiabilidad del sistema en general y del sistema de seguimiento de
indicadores del cumplimiento de hitos y objetivos y de seguimiento del coste estimado en
particular;
4. A guardar la trazabilidad de cada una de las medidas.
5. A comunicar y facilitar la información disponible sobre la financiación comunitaria
de las medidas incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
6. A someterse a las actuaciones de la autoridad de control, nacionales o
comunitarias, o de las entidades que actúen bajo su coordinación o responsabilidad.

Las partes se comprometen al cumplimiento del principio de «no causar un perjuicio
significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), y, por lo tanto, el objeto del presente
convenio excluye lo enumerado a continuación:
i) las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización
ulterior de los mismos, excepto los proyectos en el marco de esta medida relacionados
con la generación de electricidad y/o calor utilizando gas natural, así como con la
infraestructura de transporte y distribución conexa, que cumplan las condiciones

cve: BOE-A-2022-21721
Verificable en https://www.boe.es

Quinta. Respeto del Principio Do Not Significant Harm – DNSH- y legislación
medioambiental.