III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2022-21730)
Resolución de 12 de diciembre de 2022, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundación Centro de Estudios Monetarios y Financieros, para colaborar en la realización del Título Oficial de Máster Universitario en Economía y Finanzas.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Miércoles 21 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 178991

dichas gestiones. Si la UIMP no contestara en un plazo de 10 días naturales se
entenderá otorgada su conformidad. Con dichas entidades el CEMFI deberá formalizar
los correspondientes acuerdos, que serán independientes de este convenio y no podrán
afectar a su contenido.
II. Puesto que los ingresos obtenidos por matrícula de los alumnos deberán ser
aplicados a la financiación de los costes del Máster, la UIMP una vez haya cobrado las
matrículas correspondientes, incluidas las becas y los abonos por familia numerosa que
concedan los Ministerios competentes, transferirá en el plazo más breve posible al
CEMFI la cantidad que resulte de deducir del importe total de los citados ingresos el
importe del canon a favor de la UIMP correspondiente a dicho año.
La UIMP podrá realizar este traspaso de fondos en varios plazos, ajustándolos a los
plazos facilitados a los alumnos para el pago de sus inscripciones, así como al momento
de cobro de las becas del Ministerio.
No es necesaria para la realización de estos traspasos la aprobación previa de un
gasto por tratarse de una operación extrapresupuestaria, al proceder los fondos de los
ingresos de las matrículas de los alumnos.
No se transferirán al CEMFI los importes correspondientes a las tasas indicadas en
el punto II de la cláusula octava.
III. Una vez finalizado el curso académico, y en el plazo máximo de tres meses, el
CEMFI remitirá a la UIMP una memoria económica final que consistirá en una
certificación con la relación detallada de cada uno de los ingresos y gastos realmente
realizados en ejecución del presupuesto aprobado, que incluirá los siguientes datos:
número de factura y fecha de emisión, nombre o razón social del acreedor, NIF del
acreedor, importe total, fecha de pago, importe asignado al convenio (en caso de que no
coincida con el importe total de la factura se deberá especificar el criterio de asignación).
En el caso de los profesores que sean empleados de la Fundación CEMFI, cuyos
honorarios por su participación en el Máster estén incluidos en los salarios que perciben
de la Fundación, se incluirá una certificación de CEMFI en la que se indique, con
carácter estimativo, el importe de los salarios de dichos profesores que se considere
asignado al Máster en Economía y Finanzas. Dicha memoria económica deberá ser
aprobada por la comisión de seguimiento del convenio.
El CEMFI se compromete a conservar durante un plazo de, al menos, cinco años las
facturas, o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o
con eficacia administrativa, y las certificaciones incorporadas en la relación certificada a
que se hace referencia en el párrafo anterior, así como la documentación acreditativa del
pago, con el fin de que estén disponibles para su comprobación por la UIMP o por los
órganos de auditoría y control de la Administración del Estado a los que está sujeta la
actividad de la UIMP.
Otras cuestiones
Protección de datos de carácter personal.

Las obligaciones en materia de protección de datos de carácter personal
establecidas en la presente cláusula tendrán validez durante la vigencia del presente
convenio y una vez terminado este.
Los datos personales que se recogen en este convenio, o a los que las partes
puedan tener acceso en desarrollo del mismo, serán incorporados a los ficheros de datos
de responsabilidad de las partes firmantes, y serán tratados únicamente a los efectos de
llevar a buen fin el presente convenio. Ambas partes se comprometen a tratar los
mismos conforme a lo dispuesto en la legislación vigente sobre protección de los datos
de carácter personal.
Asimismo, ambas partes se comprometen a tratar los datos de carácter personal que
se recojan de los alumnos y profesores relacionados con el Máster objeto de este
convenio conforme a lo dispuesto en la legislación vigente sobre protección de datos de

cve: BOE-A-2022-21730
Verificable en https://www.boe.es

Undécima.