I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Protección radiológica. (BOE-A-2022-21682)
Real Decreto 1029/2022, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre protección de la salud contra los riesgos derivados de la exposición a las radiaciones ionizantes.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305
Miércoles 21 de diciembre de 2022
Sec. I. Pág. 178728
como el cociente entre dE y dl, donde dE es la energía media perdida por una partícula
cargada debido a colisiones con electrones al atravesar una distancia dl en la materia:
L=
dE
dl
La unidad para la transferencia lineal de energía es el julio por metro (J/m), pero es
habitual que se exprese en keV/µm.
− Campo expandido: es un campo de radiación hipotético en el que su fluencia y su
distribución angular y energética tienen en todo el volumen de interés los mismos valores
que en el punto de referencia del campo de radiación real.
− Campo alineado y expandido: es un campo expandido en el que su fluencia es
unidireccional.
− Esfera ICRU: es el maniquí de referencia utilizado por la Comisión Internacional de
Unidades y Medidas de la Radiación para la definición de las magnitudes operacionales
empleadas en la estimación de las dosis por exposición externa. Consiste en una esfera
de 30 cm de diámetro hecha de material equivalente a tejido con una densidad de 1
g/cm3 y una composición en masa de 76,2 % de oxígeno, 11,1 % de carbono, 10,1 % de
hidrógeno y 2,6 % de nitrógeno.
− Fluencia, Φ: es el cociente entre dN y da, donde dN es el número de partículas que
entran en una esfera de sección recta da:
Φ=
4.
dN
da
Coeficientes de dosis efectiva por exposición externa.
Se establecerán y actualizarán por el Consejo de Seguridad Nuclear, teniendo en
cuenta las recomendaciones de las publicaciones 116 y 144 de la Comisión Internacional
de Protección Radiológica y las publicaciones en que se actualicen los criterios y tablas
contenidos en dichas publicaciones.
Estos coeficientes serán publicados en la página web del Consejo de Seguridad
Nuclear.
ANEXO II
Justificación de nuevas clases o tipos de prácticas en relación con productos
de consumo
a) El uso previsto del producto.
b) Las características técnicas del producto.
c) En el caso de productos que contengan sustancias radiactivas, información
sobre sus medios de fijación.
d) Las tasas de dosis a distancias pertinentes para el uso del producto, incluidas las
tasas de dosis a una distancia de 0,1 m desde cualquier superficie accesible.
e) Las dosis esperadas para usuarios habituales del producto.
f) Etiquetado y documentación destinada al usuario que acompañará al producto.
cve: BOE-A-2022-21682
Verificable en https://www.boe.es
1. Cualquier empresa que tenga la intención de fabricar o importar un producto de
consumo cuyo uso previsto constituya una nueva clase o tipo de práctica, proporcionará
a la Dirección General de Política Energética y Minas toda la información pertinente en
relación con:
Núm. 305
Miércoles 21 de diciembre de 2022
Sec. I. Pág. 178728
como el cociente entre dE y dl, donde dE es la energía media perdida por una partícula
cargada debido a colisiones con electrones al atravesar una distancia dl en la materia:
L=
dE
dl
La unidad para la transferencia lineal de energía es el julio por metro (J/m), pero es
habitual que se exprese en keV/µm.
− Campo expandido: es un campo de radiación hipotético en el que su fluencia y su
distribución angular y energética tienen en todo el volumen de interés los mismos valores
que en el punto de referencia del campo de radiación real.
− Campo alineado y expandido: es un campo expandido en el que su fluencia es
unidireccional.
− Esfera ICRU: es el maniquí de referencia utilizado por la Comisión Internacional de
Unidades y Medidas de la Radiación para la definición de las magnitudes operacionales
empleadas en la estimación de las dosis por exposición externa. Consiste en una esfera
de 30 cm de diámetro hecha de material equivalente a tejido con una densidad de 1
g/cm3 y una composición en masa de 76,2 % de oxígeno, 11,1 % de carbono, 10,1 % de
hidrógeno y 2,6 % de nitrógeno.
− Fluencia, Φ: es el cociente entre dN y da, donde dN es el número de partículas que
entran en una esfera de sección recta da:
Φ=
4.
dN
da
Coeficientes de dosis efectiva por exposición externa.
Se establecerán y actualizarán por el Consejo de Seguridad Nuclear, teniendo en
cuenta las recomendaciones de las publicaciones 116 y 144 de la Comisión Internacional
de Protección Radiológica y las publicaciones en que se actualicen los criterios y tablas
contenidos en dichas publicaciones.
Estos coeficientes serán publicados en la página web del Consejo de Seguridad
Nuclear.
ANEXO II
Justificación de nuevas clases o tipos de prácticas en relación con productos
de consumo
a) El uso previsto del producto.
b) Las características técnicas del producto.
c) En el caso de productos que contengan sustancias radiactivas, información
sobre sus medios de fijación.
d) Las tasas de dosis a distancias pertinentes para el uso del producto, incluidas las
tasas de dosis a una distancia de 0,1 m desde cualquier superficie accesible.
e) Las dosis esperadas para usuarios habituales del producto.
f) Etiquetado y documentación destinada al usuario que acompañará al producto.
cve: BOE-A-2022-21682
Verificable en https://www.boe.es
1. Cualquier empresa que tenga la intención de fabricar o importar un producto de
consumo cuyo uso previsto constituya una nueva clase o tipo de práctica, proporcionará
a la Dirección General de Política Energética y Minas toda la información pertinente en
relación con: