I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Protección radiológica. (BOE-A-2022-21682)
Real Decreto 1029/2022, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre protección de la salud contra los riesgos derivados de la exposición a las radiaciones ionizantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Miércoles 21 de diciembre de 2022

Sec. I. Pág. 178675

La exposición del personal de tripulación de aeronaves y vehículos espaciales a la
radiación cósmica se considera una situación de exposición existente que se gestiona
como situación de exposición planificada.
Se mantiene la prohibición de añadir de forma deliberada sustancias radiactivas a
determinadas categorías de productos de consumo.
Se prohíbe la exposición deliberada de personas para la obtención de imágenes no
médicas, salvo en los casos en que dichas prácticas hayan sido expresamente
justificadas y autorizadas.
Se establecen los principios generales relativos a intervenciones y se introducen
nuevos niveles de referencia asociados a las situaciones de exposición de emergencia,
tanto para el personal de intervención en emergencia como para los miembros del
público, en aras de profundizar en el principio de optimización, regulándose otros
aspectos relativos a estas situaciones en la normativa derivada de la Ley 17/2015, de 9
de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil.
Se clarifican los cometidos y responsabilidades de los expertos y servicios de
protección radiológica que proporcionan asesoramiento específico en protección
radiológica y realizan las funciones en esta materia que en ellos recaen.
IV
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.16.ª, 7.ª,
23.ª, 29.ª, 10.ª y 20.ª de la Constitución Española, por el que se atribuye al Estado la
competencia exclusiva en materia de coordinación general de la sanidad, legislación
laboral, legislación básica sobre protección del medio ambiente, seguridad pública,
comercio exterior y tránsito y transporte aéreo, respectivamente.
Durante su elaboración, además de las referidas consultas atendiendo al principio de
transparencia, se han recabado los informes del Consejo Interterritorial del Sistema
Nacional de Salud, de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo y del
Consejo Nacional de Protección Civil.
Asimismo, este real decreto ha sido elaborado en virtud del artículo 94 de la
Ley 25/1964, de 29 de abril, sobre energía nuclear, que autoriza al Gobierno «para que
establezca los Reglamentos precisos para su aplicación y desarrollo», habiendo sido
informado favorablemente por el Consejo de Seguridad Nuclear.
Por último, cabe indicar que el proyecto de esta disposición ha sido comunicado a la
Comisión Europea, de acuerdo con lo establecido en el artículo 33 del Tratado
constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom).
En su virtud, a propuesta de la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, del Ministro del Interior, y de las Ministras de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana, de Trabajo y Economía Social, y de Sanidad, con la aprobación previa de la
Ministra de Hacienda y Función Pública, de acuerdo con el Consejo de Estado, y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de diciembre de 2022,
DISPONGO:
Aprobación del reglamento.

Se aprueba el Reglamento sobre protección de la salud contra los riesgos derivados
de la exposición a las radiaciones ionizantes, cuyo texto se incluye a continuación.
Disposición adicional única. Referencias al Reglamento sobre protección sanitaria
contra radiaciones ionizantes, aprobado por Real Decreto 783/2001, de 6 de julio.
Las referencias normativas efectuadas en otras disposiciones al Reglamento sobre
protección sanitaria contra radiaciones ionizantes, aprobado por Real Decreto 783/2001,

cve: BOE-A-2022-21682
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Artículo único.