I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Subvenciones. (BOE-A-2022-21679)
Real Decreto 1027/2022, de 20 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a interlocutores sociales para la digitalización del sector productivo, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 21 de diciembre de 2022

Sec. I. Pág. 178623

Se trata de módulos de formación asociados a unidades de competencia y
cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y,
por tanto, acreditables y acumulables en el marco del Sistema Nacional de
Cualificaciones Profesionales. Estos módulos contienen los elementos básicos e
intermedios que permiten a los trabajadores ocupados y personas en situación de
desempleo, partiendo de su competencia digital, alcanzar la correspondiente a la
digitalización del puesto de trabajo y procesos productivos o de prestación de servicios,
en los que intervienen. Asimismo, estas acciones formativas se acompañarán de un
proceso simultáneo de diagnóstico de las necesidades de formación en el ámbito de la
digitalización que permita la evaluación de las acciones formativas actuales y la
planificación de las futuras.
La envergadura de esta actuación, que ya se inició con presupuestos del año 2021 y
pretende alcanzar los objetivos descritos, requiere contar con los representantes
naturales de trabajadores y empresas, como ya se ha venido haciendo en el marco de la
subvención otorgada por el Real Decreto 1104/2020, de 15 de diciembre, por el que se
regula la concesión directa de subvenciones a interlocutores sociales para la
digitalización del sector productivo. Se ha puesto de manifiesto y confirmado que la
participación y canalización de las acciones formativas descritas a través de los
interlocutores sociales es un requisito imprescindible para poder acceder a este volumen
de destinatarios en el sistema productivo.
Se considera por ello imprescindible dar continuidad a esta formación para nuevos
beneficiarios o para aquellos que hayan realizado alguno de los cursos incluidos en esta
actuación y que continúe siendo impartida en el marco de colaboración con los
interlocutores sociales, las organizaciones empresariales y sindicales más
representativas, por su cercanía a las empresas y trabajadores, lo que les hace
conocedores directos de sus necesidades y de las formas más adecuadas para atender
las mismas. La canalización de las subvenciones previstas en este real decreto a través
de los interlocutores sociales se ha evidenciado como una garantía para una adecuada
consecución de los objetivos de cualificación de los trabajadores en materia de
digitalización aplicada. Dichos interlocutores disponen de una gran capilaridad en el
tejido productivo y en el mercado de trabajo, a través de sus organizaciones sectoriales
y/o territoriales o entidades asociadas o vinculadas, en todo el territorio nacional y
sectores de actividad, lo que constituye el valor añadido necesario para llevar a buen
término este proceso. El aprovechamiento de esta capilaridad implica el reconocimiento
de la posibilidad, en su caso, de intervención en el proyecto de dichas entidades
sectoriales y/o territoriales por su cercanía a los trabajadores y a las empresas.
Las entidades beneficiarias garantizarán que las subvenciones otorgadas
contribuyen a la creación de empleo. A estos efectos, los beneficiarios estarán obligados
a crear en España todo el empleo necesario para la realización de la actividad, que se
realizará con personal contratado y afiliado a la Seguridad Social en el territorio nacional,
o sujeto al régimen de afiliación que se establezca por la naturaleza de su vinculación
laboral.
Las entidades beneficiarias deberán contribuir al objetivo de autonomía estratégica y
digital de la Unión Europea, así como garantizar la seguridad de la cadena de suministro,
teniendo en cuenta el contexto internacional y la disponibilidad de cualquier componente
o subsistema tecnológico sensible que pueda formar parte de la solución, mediante la
adquisición de equipos, componentes, integraciones de sistemas y software asociado a
proveedores ubicados en la Unión Europea.
La concesión directa de subvenciones aquí regulada es posible, además, gracias al
diálogo social que, en materia de Formación Profesional, se ha establecido entre el
Ministerio de Educación y Formación Profesional y los interlocutores sociales, abriendo
oportunidades de colaboración como la aquí recogida. A estos efectos, en la Mesa de
Diálogo Social para la Formación Profesional, se ha tratado esta actuación, siendo
aportado el marco y contenido de la formación por parte del Ministerio de Educación y
Formación Profesional, y habiéndose abierto la participación a todos los representantes

cve: BOE-A-2022-21679
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Núm. 305