I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Evaluación de políticas públicas. (BOE-A-2022-21677)
Ley 27/2022, de 20 de diciembre, de institucionalización de la evaluación de políticas públicas en la Administración General del Estado.
22 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 21 de diciembre de 2022

Sec. I. Pág. 178599

En este sentido, las diferentes administraciones públicas vienen desarrollando
experiencias de evaluación, si bien, la mayoría tiene carácter sectorial. También cabe
destacar la experiencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AIReF,
que lleva tiempo encargándose de las evaluaciones ex post de revisión del gasto público.
En el ámbito de la Administración General del Estado, más de un centenar de
unidades de diferente naturaleza tienen atribuidas funciones o competencias
relacionadas con la evaluación en su concepción más amplia. Menos de una cuarta parte
de esas unidades y organismos llevan a cabo evaluaciones de políticas públicas
contenidas en estrategias, planes, programas o equivalentes. Otro tercio se reparte entre
las actividades de evaluación o autoevaluación relacionadas con la inspección y calidad
de servicios u organizaciones, por un lado, y las actividades de evaluación normativa o
seguimiento de la aplicación de una ley, por otro. En general, el diagnóstico realizado
muestra la dispersión y falta de uniformidad de la práctica de la evaluación, así como la
disparidad de criterios a la hora de definir la evaluación de políticas públicas y sus
contenidos, ya que se incluye en dicho concepto una gran variedad de actividades de
seguimiento, auditoría, supervisión y análisis.
Por su relevante función en materia de evaluación del gasto, cabe destacar a la
Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AIReF. El Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia reconoce la utilidad de los procesos de revisión del gasto y
se compromete a dar continuidad y permanencia a los ejercicios de revisión del gasto
creando una división permanente de evaluación del gasto en el seno de la AIReF e
introduce otros elementos que contribuyen a la mejora de la sistematicidad y
planificación de las evaluaciones del gasto.
En lo que se refiere a las Comunidades Autónomas, la evaluación de políticas
públicas se ha regulado a través de leyes sobre la calidad de los servicios o similares, en
las que se han concretado sus principios inspiradores, definición, tipología y ámbito de
aplicación. En otros casos existen unidades, órganos u organismos con funciones y
competencias sobre evaluación.
Con la aprobación de esta norma, España aborda de una forma decidida la
evaluación de las políticas públicas, con el fin de analizar y evidenciar el impacto de las
políticas públicas en cuestiones tan determinantes para la ciudadanía y la mejora del
Estado de Bienestar como la igualdad de género, el medio ambiente y la transición
energética, la extensión de los derechos sociales, la despoblación y el reto demográfico,
el crecimiento económico, el empleo digno, estable y de calidad, la solidaridad
intergeneracional, la redistribución de la riqueza, la adecuación a la normativa y a las
directrices europeas o la adecuada alineación de las distintas intervenciones públicas
con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 y el sistema
integral de coherencia de políticas para el Desarrollo Sostenible, y teniendo en cuenta lo
dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres en relación con la integración transversal del principio de igualdad
entre mujeres y hombres.
Esta ley estructura el sistema público de evaluación de políticas públicas en la
Administración General del Estado con el fin de institucionalizar la evaluación como
herramienta de aprendizaje colectivo y organizativo, de mejora del servicio público y de
rendición de cuentas y transparencia, contribuyendo a la eficacia y eficiencia de la acción
pública.
A través de esta nueva regulación, la evaluación de políticas públicas adquiere un
carácter integral y transversal, que abarca a todos los sectores y profundiza en la
valoración del impacto real que puede tener una política en el devenir del bienestar de
los ciudadanos y en el ejercicio de sus derechos.
III
Esta norma se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
en cuyo componente 11, «Modernización de las Administraciones Públicas», nuestro

cve: BOE-A-2022-21677
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 305