III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-21647)
Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación negativa emitida por el registrador mercantil III de Sevilla, en relación con un acta notarial de junta general de socios, en la que se designan miembros del consejo de administración.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 20 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 178412

Fundamentos de Derecho (defectos):
1. No es posible practicar inscripción del acta calificada ya que, teniendo en cuenta
los hechos antes expuestos, dada la situación de conflicto entre los socios, que se
traduce en contenidos documentales contradictorios que no permiten comprobar cuáles
de los acuerdos adoptados deben prevalecer, y en aras de evitar la desnaturalización de
este Registro Mercantil, en cuanto a institución encaminada a la publicidad de
situaciones jurídicas ciertas; es necesario que se resuelva previamente la cuestión de
fondo –antes expuesta– en el ámbito judicial, donde ya se han iniciado las
correspondientes acciones. No estando de acuerdo, los socios de la compañía, respecto
a quién corresponden los derechos políticos del socio mayoritario, y afectando tal
controversia a las celebraciones de las juntas cuyos acuerdos pretenden inscribirse, y/o
ya constan inscritos; la inscripción del acta calificada exige que previamente se diluciden
judicialmente tales aspectos, pues se tratan de cuestiones que no pueden ser decididas
por el Registrador en el estrecho margen de la calificación registral: artículo 58 del
Reglamento del Registro Mercantil y resolución de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, de 12 de abril de 2022. Defecto subsanable.
2. Sin perjuicio del anterior defecto de la presente nota de calificación, ha de
tenerse en cuenta, que, tampoco podría practicarse inscripción del acuerdo de los
nombramientos de los nuevos miembros del consejo de administración, ya que, según el
artículo 20 de los estatutos sociales inscritos, “(…) Se requiere el voto favorable de, al
menos, el 80% de los votos correspondientes a las participaciones en que se divida el
capital social, para la adopción de los siguientes acuerdos: 11. La modificación del modo
de organizar la administración y de la composición del consejo de administración”. Por
tanto, dado que tal precepto estatutario se refiere a la modificación de los componentes
del consejo de administración, es decir, a los nombramientos, y resultando del acta
calificada que se adopta con el voto a favor del 71,25% y en contra del 28.75%, no se
cumple con el quorum exigido: artículo 200.1 del texto refundido de la Ley de Sociedades
de Capital y artículo 58 del Reglamento del Registro Mercantil. Defecto, en principio,
insubsanable.
3. Además, se encuentra cerrado provisionalmente el registro por falta de depósito
de cuentas anuales: Artículos 282 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital
y 378 del Reglamento del Registro Mercantil; y RR.D.G.R.N. de 13 de enero de 2000, 22
de febrero de 2000, 21 de marzo de 2000, 11 de abril de 2001, 27 de abril de 2002, 31 de
marzo de 2.003, 18 de mayo de 2.016 y 11 de junio de 2018, entre otras.–Defecto
subsanable.–
Se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento del
Registro Mercantil contando la presente nota de calificación con la conformidad de los
cotitulares del Registro.
En relación con la presente calificación: (…)
Sevilla, a 2 de agosto de 2022 (firma ilegible) El registrador.»
III
Contra la anterior nota de calificación, don A. P. A., en nombre y representación y
como secretario del consejo de administración de «Onlycable Telecomunicaciones,
S.L.», interpuso recurso el día 8 de septiembre de 2022 mediante escrito en los
siguientes términos:
«I. Que con fecha 8 de agosto de 2022 se ha notificado a esta parte Nota de
Calificación negativa por el Registrador Mercantil de Sevilla de la inscripción del acta
número de protocolo 2022/831, autorizante Roberto López-Tormos Pascual, diario/
asiento 1078/392, fecha de presentación 7 de abril de 2022, número de
entrada 1/2022/7.271,0, por la que se suspende la inscripción del cese y designación de
nombramiento de los nuevos administradores (…)

cve: BOE-A-2022-21647
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Núm. 304