III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-21555)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Aumento de capacidad de la carretera N-340 entre Tarifa y Algeciras".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303
Lunes 19 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 175648
● El plan de trasplante/siembra de olivos y alcornoques, teniendo en cuenta la
prescripción 4.
● La integración paisajística de los taludes teniendo en cuenta la prescripción 5.
● Plan de actuación sobre Teucrium bracteatum.
Fauna:
7. Si durante la fase de construcción, se detectara la presencia de fauna silvestre
amenazada, nidos o refugios, se paralizarán las obras y se dará aviso a la Delegación
Territorial de Desarrollo Sostenible en Cádiz de la Consejería de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía.
8. Se evitará la instalación de iluminación artificial o se disminuirá su intensidad
para disminuir el efecto nocivo sobre la biodiversidad, siempre que sea compatible con la
normativa sobre seguridad vial.
9. Durante las obras, se primarán los métodos de excavación sin zanja. En caso de
apertura de zanjas, se dotarán de rampas que faciliten la salida de fauna por caída
accidental. En cualquier caso, antes del inicio de los trabajos diarios se observará la
zanja abierta para detectar individuos que hayan podido caer en la misma o hayan
entrado en la zona de obras, liberándolos al medio natural lo antes posible.
10. Se redactará, junto con la redacción del proyecto constructivo, un proyecto de
mejora y adaptación de la N-340 para el paso de fauna y la conectividad ecológica del
territorio en el tramo afectado por el proyecto (83+400 a p.k. 101+600) que debe ser
consensuado con la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Cádiz de la Junta
de Andalucía y aprobado por la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y
Espacios Protegidos de la Junta de Andalucía. El citado proyecto debe, en lo que resulte
técnicamente viable, y de acuerdo con las «Prescripciones técnicas para el diseño de
pasos de fauna y vallados perimetrales» del MITECO:
● Adaptar las estructuras de drenaje existentes para su uso por la fauna. Se prestará
especial atención sobre las infraestructuras de drenaje pontón tipo bóveda, posibilitando
la existencia de una orilla seca con rampas de escape que permita el paso de fauna en
condiciones normales de régimen hidráulico. La adaptación se realizará de la forma más
naturalizada posible, respetando al máximo las condiciones naturales de los cauces de
agua atravesados por la traza de manera que puedan actuar como pasos de fauna
naturales.
● Adaptar otros elementos de la infraestructura que pueden atrapar o causar
mortalidad de animales (vallado, arquetas, cunetas, bordillos, etc.).
11. Sobre el levantamiento de polvo, debido a los fuertes vientos en las
proximidades al Estrecho de Gibraltar, el acopio, depósito y movimientos de tierra deben
llevarse a cabo teniendo en cuenta esta circunstancia particular, planificando las
acciones y diseñando sobre el terreno las mejores ubicaciones para esas actuaciones.
12. Durante la obra, no se permitirán acopios en la zona de servidumbre,
manteniendo el cauce o zona de dominio público hidráulico, totalmente libre de cualquier
obstáculo que impida el normal discurrir de las aguas.
13. Se deberán indicar en el proyecto constructivo, los terrenos pertenecientes al
Dominio Público Hidráulico afectados por la actuación, así como las tramitaciones
realizadas ante la Administración Hidráulica competente, para obtener las
correspondientes autorizaciones antes de realizar cualquier actuación en el Dominio
Público Hidráulico, zona de servidumbre o zona de policía.
14. Los movimientos de tierras que se efectúen en la zona de policía de cauces
deberán contar con autorización administrativa, y las nivelaciones respetarán las
escorrentías superficiales existentes, no pudiendo causar perjuicios a los terrenos
colindantes y alteración del régimen de avenidas ni reducción de la capacidad de
desagüe de los mismos.
cve: BOE-A-2022-21555
Verificable en https://www.boe.es
Otros factores ambientales con interacción sobre los objetivos de conservación:
Núm. 303
Lunes 19 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 175648
● El plan de trasplante/siembra de olivos y alcornoques, teniendo en cuenta la
prescripción 4.
● La integración paisajística de los taludes teniendo en cuenta la prescripción 5.
● Plan de actuación sobre Teucrium bracteatum.
Fauna:
7. Si durante la fase de construcción, se detectara la presencia de fauna silvestre
amenazada, nidos o refugios, se paralizarán las obras y se dará aviso a la Delegación
Territorial de Desarrollo Sostenible en Cádiz de la Consejería de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía.
8. Se evitará la instalación de iluminación artificial o se disminuirá su intensidad
para disminuir el efecto nocivo sobre la biodiversidad, siempre que sea compatible con la
normativa sobre seguridad vial.
9. Durante las obras, se primarán los métodos de excavación sin zanja. En caso de
apertura de zanjas, se dotarán de rampas que faciliten la salida de fauna por caída
accidental. En cualquier caso, antes del inicio de los trabajos diarios se observará la
zanja abierta para detectar individuos que hayan podido caer en la misma o hayan
entrado en la zona de obras, liberándolos al medio natural lo antes posible.
10. Se redactará, junto con la redacción del proyecto constructivo, un proyecto de
mejora y adaptación de la N-340 para el paso de fauna y la conectividad ecológica del
territorio en el tramo afectado por el proyecto (83+400 a p.k. 101+600) que debe ser
consensuado con la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Cádiz de la Junta
de Andalucía y aprobado por la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y
Espacios Protegidos de la Junta de Andalucía. El citado proyecto debe, en lo que resulte
técnicamente viable, y de acuerdo con las «Prescripciones técnicas para el diseño de
pasos de fauna y vallados perimetrales» del MITECO:
● Adaptar las estructuras de drenaje existentes para su uso por la fauna. Se prestará
especial atención sobre las infraestructuras de drenaje pontón tipo bóveda, posibilitando
la existencia de una orilla seca con rampas de escape que permita el paso de fauna en
condiciones normales de régimen hidráulico. La adaptación se realizará de la forma más
naturalizada posible, respetando al máximo las condiciones naturales de los cauces de
agua atravesados por la traza de manera que puedan actuar como pasos de fauna
naturales.
● Adaptar otros elementos de la infraestructura que pueden atrapar o causar
mortalidad de animales (vallado, arquetas, cunetas, bordillos, etc.).
11. Sobre el levantamiento de polvo, debido a los fuertes vientos en las
proximidades al Estrecho de Gibraltar, el acopio, depósito y movimientos de tierra deben
llevarse a cabo teniendo en cuenta esta circunstancia particular, planificando las
acciones y diseñando sobre el terreno las mejores ubicaciones para esas actuaciones.
12. Durante la obra, no se permitirán acopios en la zona de servidumbre,
manteniendo el cauce o zona de dominio público hidráulico, totalmente libre de cualquier
obstáculo que impida el normal discurrir de las aguas.
13. Se deberán indicar en el proyecto constructivo, los terrenos pertenecientes al
Dominio Público Hidráulico afectados por la actuación, así como las tramitaciones
realizadas ante la Administración Hidráulica competente, para obtener las
correspondientes autorizaciones antes de realizar cualquier actuación en el Dominio
Público Hidráulico, zona de servidumbre o zona de policía.
14. Los movimientos de tierras que se efectúen en la zona de policía de cauces
deberán contar con autorización administrativa, y las nivelaciones respetarán las
escorrentías superficiales existentes, no pudiendo causar perjuicios a los terrenos
colindantes y alteración del régimen de avenidas ni reducción de la capacidad de
desagüe de los mismos.
cve: BOE-A-2022-21555
Verificable en https://www.boe.es
Otros factores ambientales con interacción sobre los objetivos de conservación: