III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-21555)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Aumento de capacidad de la carretera N-340 entre Tarifa y Algeciras".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 19 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 175645
geotécnicas preexistentes incluso, mejorarlas ligeramente. El estudio concluye que con
las medidas de estabilidad y de contención que se plantean y con las que se
desarrollarán en el proyecto constructivo, no se va a producir ningún efecto adverso
desde el punto de vista geotécnico que pudiera derivarse en accidentes graves o
catástrofes sobre el medio ambiente durante la ejecución del proyecto ni durante la
explotación.
Según se indica, en los taludes y estructuras proyectadas se tendrán en cuenta la
normativa de construcción sismorresistente y el drenaje de la estructura se calculará
siguiendo la normativa más actualizada con los avances más recientes sobre cálculo
hidráulico (Orden FOM/298/2016). La experiencia sobre el funcionamiento hidráulico de
las obras de drenaje existentes no arroja dudas sobre su capacidad hidráulica suficiente
y se prevé mantener su funcionalidad actual, definiendo los elementos necesarios para
prolongar su continuidad.
Respecto al riesgo de incendios, se indica que la zona de estudio se ubica en Zona
de Peligro (riesgo moderado a extremo) por incendios forestales según el Plan INFOCA
de Andalucía (Decreto 371/2010, del 14 de septiembre) y los valores amenazados se
consideran importantes, dada su ubicación en la divisoria de dos espacios naturales
protegidos. Consecuentemente se establecen las siguientes medidas de prevención de
incendios forestales:
– El gestor de la infraestructura dispondrá de un protocolo de emergencia frente a
incendios en la fase de construcción.
– Se tendrán en cuenta las «Directrices para implementar medidas preventivas para
evitar incendios forestales en la ejecución de obras no forestales» (versión v3 20211018).
– Se considerarán las épocas de peligro que establezcan los organismos
competentes, así como, el índice de riesgo de incendio diario que establece la AEMET.
– Se redactará un plan de prevención de incendios forestales para evitar provocar un
fuego durante la ejecución de los trabajos. Dicho plan deberá ser aprobado por el Centro
Operativo Provincial (COP).
– Se redactará un plan de autoprotección que contemple medidas de seguridad en
caso de ser afectada la obra por incendios forestales. Dicho plan deberá ser aprobado
por el Ayuntamiento correspondiente (Tarifa y/o Algeciras).
– Se adoptarán medidas concretas en la obra, así como en el uso de maquinaria
eléctrica o de combustión, según los días en los que exista un riesgo muy alto/extremo o
bajo/alto (las medidas concretas se recogen en el documento ambiental).
Respecto a la evaluación de la vulnerabilidad de la infraestructura ante los efectos
del cambio climático, el documento considera admisibles los niveles de riesgos obtenidos
y no considera necesarias medidas de adaptación. Se propone incorporar, en los
próximos contratos de conservación integral, el seguimiento y registro de las incidencias
que ocurran como consecuencia de fenómenos climáticos extremos.
La Dirección General de Emergencias y Protección Civil de la Junta de Andalucía
informa que, una vez, analizados los posibles riesgos de accidentes o catástrofes
naturales que puedan afectar al medio ambiente como consecuencia del proyecto, se ha
comprobado que la documentación ambiental ha tenido en cuenta los mismos,
resultando los documentos coherentes con los aspectos relacionados con las
actuaciones y competencias de esta Dirección General, no formulándose objeciones al
mismo.
En todo caso, al igual que los aspectos técnicos y el diseño del proyecto, la
vulnerabilidad del proyecto (en base al análisis realizado por el promotor) es un factor
que considerar en la decisión de autorización del proyecto por parte del órgano
sustantivo. Respecto a la vulnerabilidad del proyecto frente accidentes graves y/o
catástrofes naturales la presente resolución recoge, resume y traslada los
pronunciamientos de las autoridades competentes en la materia para su valoración por el
órgano sustantivo previo a la autorización del proyecto.
cve: BOE-A-2022-21555
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 303
Lunes 19 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 175645
geotécnicas preexistentes incluso, mejorarlas ligeramente. El estudio concluye que con
las medidas de estabilidad y de contención que se plantean y con las que se
desarrollarán en el proyecto constructivo, no se va a producir ningún efecto adverso
desde el punto de vista geotécnico que pudiera derivarse en accidentes graves o
catástrofes sobre el medio ambiente durante la ejecución del proyecto ni durante la
explotación.
Según se indica, en los taludes y estructuras proyectadas se tendrán en cuenta la
normativa de construcción sismorresistente y el drenaje de la estructura se calculará
siguiendo la normativa más actualizada con los avances más recientes sobre cálculo
hidráulico (Orden FOM/298/2016). La experiencia sobre el funcionamiento hidráulico de
las obras de drenaje existentes no arroja dudas sobre su capacidad hidráulica suficiente
y se prevé mantener su funcionalidad actual, definiendo los elementos necesarios para
prolongar su continuidad.
Respecto al riesgo de incendios, se indica que la zona de estudio se ubica en Zona
de Peligro (riesgo moderado a extremo) por incendios forestales según el Plan INFOCA
de Andalucía (Decreto 371/2010, del 14 de septiembre) y los valores amenazados se
consideran importantes, dada su ubicación en la divisoria de dos espacios naturales
protegidos. Consecuentemente se establecen las siguientes medidas de prevención de
incendios forestales:
– El gestor de la infraestructura dispondrá de un protocolo de emergencia frente a
incendios en la fase de construcción.
– Se tendrán en cuenta las «Directrices para implementar medidas preventivas para
evitar incendios forestales en la ejecución de obras no forestales» (versión v3 20211018).
– Se considerarán las épocas de peligro que establezcan los organismos
competentes, así como, el índice de riesgo de incendio diario que establece la AEMET.
– Se redactará un plan de prevención de incendios forestales para evitar provocar un
fuego durante la ejecución de los trabajos. Dicho plan deberá ser aprobado por el Centro
Operativo Provincial (COP).
– Se redactará un plan de autoprotección que contemple medidas de seguridad en
caso de ser afectada la obra por incendios forestales. Dicho plan deberá ser aprobado
por el Ayuntamiento correspondiente (Tarifa y/o Algeciras).
– Se adoptarán medidas concretas en la obra, así como en el uso de maquinaria
eléctrica o de combustión, según los días en los que exista un riesgo muy alto/extremo o
bajo/alto (las medidas concretas se recogen en el documento ambiental).
Respecto a la evaluación de la vulnerabilidad de la infraestructura ante los efectos
del cambio climático, el documento considera admisibles los niveles de riesgos obtenidos
y no considera necesarias medidas de adaptación. Se propone incorporar, en los
próximos contratos de conservación integral, el seguimiento y registro de las incidencias
que ocurran como consecuencia de fenómenos climáticos extremos.
La Dirección General de Emergencias y Protección Civil de la Junta de Andalucía
informa que, una vez, analizados los posibles riesgos de accidentes o catástrofes
naturales que puedan afectar al medio ambiente como consecuencia del proyecto, se ha
comprobado que la documentación ambiental ha tenido en cuenta los mismos,
resultando los documentos coherentes con los aspectos relacionados con las
actuaciones y competencias de esta Dirección General, no formulándose objeciones al
mismo.
En todo caso, al igual que los aspectos técnicos y el diseño del proyecto, la
vulnerabilidad del proyecto (en base al análisis realizado por el promotor) es un factor
que considerar en la decisión de autorización del proyecto por parte del órgano
sustantivo. Respecto a la vulnerabilidad del proyecto frente accidentes graves y/o
catástrofes naturales la presente resolución recoge, resume y traslada los
pronunciamientos de las autoridades competentes en la materia para su valoración por el
órgano sustantivo previo a la autorización del proyecto.
cve: BOE-A-2022-21555
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 303