III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-21549)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio entre el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y el Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., para la concesión de financiación y garantía a operaciones del sector turístico en la línea "ICO Empresas y Emprendedores".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303

Lunes 19 de diciembre de 2022

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marzo, sin que sea necesario desarrollo normativo, convencional, o acto jurídico de
aplicación alguno.
Una vez entraron en vigor las nuevas condiciones de la línea, se ejecutó la totalidad de la
línea, firmándose 4.724 operaciones por un importe conjunto de 400 millones de euros.
Quinto.
En el año 2022 el ICO y la SET estimaron adecuado introducir en la normativa de la
línea una modificación en el régimen de concesión de plazos de carencia, con el fin de
permitir que los clientes y las entidades financieras pudieran acordar, para las
operaciones formalizadas, la incorporación de carencias adicionales, o la ampliación de
las mismas, sin posibilidad de operaciones con amortización a vencimiento, y debiendo
mantenerse el plazo de vencimiento inicialmente formalizado. Dicha modificación se
propuso con la finalidad de facilitar y dar más capacidad de repago de la deuda a las
empresas del sector turístico, especialmente afectado por la crisis del COVID-19, lo que
debería impactar en una menor ejecución de garantías en la línea.
Dicho propósito se plasmó en la aprobación en la Comisión Delegada del Gobierno
para Asuntos Económicos, a propuesta de la Ministra de Industria Comercio y Turismo,
el 20 de junio de 2022, de un nuevo «Acuerdo por el que se modifican los términos y
condiciones de la línea de financiación Thomas Cook para atender al conjunto de
empresas establecidas en España incluidas en determinados sectores económicos,
dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto-ley 12/2019, de 11 de octubre, y del
Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo» que introdujo las modificaciones reseñadas.
Sexto.
Por Acuerdo de Consejo de Ministros, de 6 de septiembre de 2022, se autorizan
nuevos límites de compromisos de gasto que modifican los aprobados por el artículo 12
del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 marzo.
Séptimo.
En virtud de lo expuesto, y para ajustarlo a las cifras actualmente autorizadas,
procede tramitar una adenda al convenio de 27 de diciembre de 2019 para la concesión
de financiación y garantía a operaciones del sector turístico en la línea «ICO Empresas y
Emprendedores» («línea Thomas Cook»), con el fin de modificar el compromiso
económico asumido entre el ICO y la SET, a las nuevas cifras y condiciones aprobadas
en el Acuerdo de CDGAE de 20 de junio de 2022 por el que se modifican los términos y
condiciones de la línea de financiación Thomas Cook.
En consecuencia, ambas partes acuerdan formalizar la presente adenda al referido
convenio de 27 de diciembre de 2019, en virtud de las siguientes
CLAUSULAS

Se modifica el apartado h) de la estipulación segunda, que queda redactado de la
manera siguiente:
«h) Plazos de las operaciones. Los clientes podrán formalizar las
operaciones de financiación garantizadas con los siguientes plazos:
1, 2, 3 o 4 años, con un año de carencia de principal. Con posterioridad a la
formalización de las operaciones, podrá acordarse entre el cliente y la entidad
financiera la ampliación o incorporación de carencias en las operaciones, en un
plazo no superior a doce meses, sin posibilidad de operaciones con amortización a

cve: BOE-A-2022-21549
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Primera.