III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-21549)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio entre el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y el Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., para la concesión de financiación y garantía a operaciones del sector turístico en la línea "ICO Empresas y Emprendedores".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303

Lunes 19 de diciembre de 2022

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Ambas partes se reconocen competencia y capacidad legal suficientes para
formalizar la presente adenda y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Que el Real Decreto-ley 12/2019, de 11 de octubre, por el que se adoptan medidas
urgentes para paliar los efectos de la apertura de procedimientos de insolvencia del
grupo empresarial Thomas Cook, reguló una serie de medidas para evitar la destrucción
del empleo y la pérdida de la competitividad de la industria turística española, que
supusieran una situación de desventaja en los mercados europeos e internacionales,
mientras el sector turístico adoptaba las soluciones necesarias para afrontar el actual
cambio de paradigma, derivado de la disrupción del modelo de negocio tradicional que
en aquellos momentos se estaba produciendo en el mercado turístico español y europeo.
Entre las medidas aprobadas en el citado Real Decreto-ley, su artículo 4 instruía al
Gobierno para que, mediante acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para
Asuntos Económicos, aprobara una línea de financiación de hasta 200 millones de euros
para atender las necesidades financieras de los afectados por la insolvencia del grupo
empresarial «Thomas Cook».
Segundo.
Que la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, mediante
acuerdo de fecha 31 de octubre de 2019, aprobó los términos y condiciones de las
operaciones de financiación a los afectados por la insolvencia del grupo empresarial
«Thomas Cook», estableciéndose que la financiación se concederá a las empresas y
autónomos dentro de la línea «ICO Empresas y Emprendedores».
Tercero.
Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 74.5 de la Ley 47/2003, de 26 de
noviembre, General Presupuestaria, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, a
través de la Secretaría de Estado de Turismo (en adelante, SET), y el ICO formalizaron
un convenio con fecha 27 de diciembre de 2019, por el que se establecen los términos
de la colaboración en relación con la garantía a otorgar por el ICO en concepto de
cobertura de una parte del riesgo de las operaciones que cumpliendo con los requisitos
establecidos en el mismo obtengan financiación a través de la línea «ICO Empresas y
Emprendedores», disminuyendo así el nivel de garantías que las entidades financieras
habitualmente exigen a este tipo de operaciones.

Que, con posterioridad, y como consecuencia de la situación originada por la
pandemia del COVID-19, el artículo 12 del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por
el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del
COVID-19, amplió la dotación económica en 200 millones de euros adicionales, así
como las partidas presupuestarias de garantía del Ministerio de Industria, Comercio y
Turismo, y las empresas que podían recibir la financiación y garantía, que se extienden a
todas las empresas y trabajadores autónomos con domicilio social en España que estén
incluidos en los sectores económicos definidos en la disposición adicional primera del
citado Real Decreto-ley, con las correcciones de errores publicadas en el «Boletín Oficial
del Estado» de 25 de marzo de 2020.
De acuerdo lo establecido en el citado artículo 12, los nuevos términos aprobados en
el mismo se aplican a la línea de financiación y a la correspondiente garantía ampliada,
de modo automático y a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de

cve: BOE-A-2022-21549
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto.