III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2022-21450)
Resolución de 5 de diciembre de 2022, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se publica el Convenio con el Institut Valenciá de Cultura, por el que se canaliza la concesión directa de ayudas para fomentar la producción, distribución, exhibición y promoción de la industria cinematográfica y audiovisual en lengua cooficial distinta al castellano en el año 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302

Sábado 17 de diciembre de 2022
Cuarta.

Sec. III. Pág. 175133

Finalidad de la ayuda y compromisos de la entidad beneficiaria.

La finalidad de la ayuda es el fomento de la producción, distribución, exhibición y
promoción del audiovisual en valenciano, así como la realización de actuaciones de
promoción desde la entidad beneficiaria conforme a sus competencias, promoviendo la
pluralidad cultural de España y la igualdad de oportunidades en las lenguas propias de
cada territorio.
Los compromisos de la entidad beneficiaria serán:
– Convocar y conceder ayudas en concurrencia competitiva o directas para el
fomento de la producción, distribución, exhibición y promoción del audiovisual en
valenciano durante el ejercicio 2022.
– Realizar actuaciones de promoción, cuando proceda, desde la entidad beneficiaria
conforme a sus competencias.
– Reconocer las obligaciones y haber efectuado el pago antes del 1 de diciembre
de 2023.
Quinta.

Forma de pago.

Para la financiación de estas ayudas, el ICAA transferirá la totalidad de la cantidad
prevista en la cláusula tercera de este convenio.
El desembolso se hará en un solo pago, de acuerdo con el artículo 34.4 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, que establece el pago anticipado, con carácter previo a la
justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones
inherentes a las ayudas. No se establece régimen alguno de garantía porque no se aprecia
riesgo de incumplimiento de las obligaciones asumidas en virtud de este convenio.
Sexta. Forma y plazo de justificación.
1. La justificación de las ayudas se realizará mediante la presentación de la
siguiente documentación:
a) Declaración responsable del cumplimiento de las condiciones establecidas en el
presente convenio, que al menos debe contener:
i. Memoria en la que se relacionen las ayudas convocadas y concedidas, en
concurrencia competitiva o directas, con su importe correspondiente, identificación,
enlace de la convocatoria y personas beneficiarias. Así mismo, se relacionarán las
inversiones realizadas en actuaciones de promoción desde la entidad beneficiaria con la
descripción de estas y el importe correspondiente.
ii. Relación de pagos efectuados con su correspondiente documentación
acreditativa y calendario previsto de ejecución de los pagos no efectuados a fecha de
entrega de la memoria justificativa.

2. El periodo de presentación de la declaración responsable 1.a) finalizará el 31 de
marzo de 2023.
3. El periodo de presentación de la memoria justificativa final 1.b) finalizará el 10 de
diciembre de 2023.
Séptima.

Reintegro.

1. Se procederá al reintegro de los fondos no comprometidos a 31 de diciembre
de 2022 que se encuentren en poder del Institut Valencià de Cultura Conselleri, así como

cve: BOE-A-2022-21450
Verificable en https://www.boe.es

b) Memoria justificativa final que deberá contener todos los pagos efectuados con
su correspondiente documentación acreditativa e informe emitido por la Intervención u
órgano de control equivalente de la Comunidad Autónoma que acredite la veracidad y
regularidad de la documentación.