III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2022-21450)
Resolución de 5 de diciembre de 2022, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se publica el Convenio con el Institut Valenciá de Cultura, por el que se canaliza la concesión directa de ayudas para fomentar la producción, distribución, exhibición y promoción de la industria cinematográfica y audiovisual en lengua cooficial distinta al castellano en el año 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302

Sábado 17 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 175132

Y, finalmente, debe verificarse que dicha cuantía individualizada no supera el 50 %
del total de las ayudas que las empresas audiovisuales residentes en dicha Comunidad
Autónoma han recibido del ICAA en el año 2021.
V. Que para dar cumplimiento a lo anterior, la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 incluye la aplicación
presupuestaria 37.01.941O.45405 denominada «Promoción de la cinematografía en
lenguas cooficiales» por importe de 10.500.000,00 euros, crédito que ha sido transferido
al presupuesto de gastos para el año 2022 del Instituto de la Cinematografía y de las
Artes Audiovisuales, concretamente a la aplicación 24.103.335C.455.
VI. Que de acuerdo con el artículo 22.2.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, podrán concederse de forma directa las subvenciones cuyo
otorgamiento o cuantía venga impuesto a la Administración por una norma de rango
legal, que seguirán el procedimiento de concesión que les resulte de aplicación de
acuerdo con su propia normativa.
VII. Que según el artículo 66, en relación con el 65.3, del Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado mediante Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, cuando la ley que determine el otorgamiento de estas
ayudas se remita para su instrumentación a la formalización de un convenio, será de
aplicación al mismo lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 65, que tendrá el carácter
de bases reguladoras de la concesión a los efectos de lo dispuesto en la Ley General de
Subvenciones.
Por todo ello, las partes acuerdan suscribir este convenio cuyo objeto es canalizar la
colaboración entre el ICAA y el Institut Valencià de Cultura Conselleria de Educación
Cultura y Deporte de la Comunitat Valenciana para establecer las condiciones y
compromisos aplicables a las ayudas previstas en el artículo 36 de la Ley 55/2007, de 28
de diciembre, al amparo de lo dispuesto en el artículo 22.2.b) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, así como en los artículos 65.3 y 66 de su Reglamento, aprobado por el
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del presente convenio.

El objeto del presente convenio es canalizar el fondo constituido en los Presupuestos
Generales del Estado para el año 2022, para hacer efectivas las ayudas previstas en el
artículo 36 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, para el fomento de la
producción, distribución, exhibición y promoción del audiovisual en valenciano,
promoviendo la pluralidad cultural de España y la igualdad de oportunidades de las
lenguas propias de cada territorio en materia de expresión y difusión audiovisual.
Este convenio tiene el carácter de bases reguladoras a los efectos de lo dispuesto en
el artículo 66 en relación con el artículo 65.3, del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, aprobado mediante Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio.
Entidad beneficiaria de las ayudas.

La entidad beneficiaria es el Institut Valencià de Cultura (Conselleria de Educación
Cultura y Deporte de la Comunitat Valenciana).
Tercera. Crédito y cuantía.
El gasto de la citada subvención se imputa a la aplicación 24103.335C.455 del
presupuesto de gastos del ICAA para el año 2022. De acuerdo con el criterio de distribución
establecido en el expositivo IV, la cuantía asciende a 887.659,29 euros (ochocientos
ochenta y siete mil seiscientos cincuenta y nueve euros con veintinueve céntimos).

cve: BOE-A-2022-21450
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.