III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-21449)
Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Balbona de 209,979 MWp/159,5 MWn y su infraestructura de evacuación, en Jumilla (Murcia)".
27 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 17 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 175117

existente previo. En cuanto al consumo de agua de la planta se abastecerá mediante
camiones cuba.
Por su parte, el Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección General de
Territorio y Arquitectura de la CARM, señala que, en el EsIA se justifican adecuadamente
los criterios de diseño empleados a los efectos de evitar los riesgos derivados de la
presencia de cauces próximos a las instalaciones. La Dirección General del Agua de la
CARM, dentro de sus competencias, no considera necesario aportar ninguna medida
adicional a las recogidas en el EsIA.
La Subdirección General de Política Forestal y Caza y Pesca Fluvial de la CARM,
informa que en el estudio hidrológico presentado por el promotor no se ha tenido en
cuenta el efecto pantalla que provocarán los módulos sobre el suelo, que lleva ligada la
reducción de la infiltración, y la concentración de las escorrentías al pie de los módulos.
Además, inducirá dos efectos paralelos: por un lado, provocará una excesiva desecación
del suelo bajo los paneles, al no recibir aportes de agua, lo cual redundará en una mala
conservación del suelo y, por otro lado, aumentará el caudal de escorrentía. A su vez,
influirá en la recarga de acuíferos. Los efectos negativos identificados se reducirán si se
adoptan las siguientes medidas:
– No se deberá alterar la orografía ni colocar paneles ni otras infraestructuras en las
zonas de flujo identificadas por los cauces que se reflejan en la cartografía de cauces de
SITMurcia ni en cualquier otro cauce detectado en el estudio hidrológico, dejando al
menos un margen a cada lado del eje de 3 m de ancho sin alterar.
– La red de drenaje diseñada deberá tener en cuenta la existencia y trazado de
estos cauces y enlazar convenientemente con ellos.
– Se colocarán escolleras de piedra u otro tipo de disipadores de energía en los
puntos de vertido del agua procedente de las canalizaciones del proyecto. En el caso de
que sea necesario el paso de caminos atravesando los cauces, se hará mediante la
construcción de obras de paso elevadas sobre los mismos, y nunca mediante vados.
– Se deberán plantear sistemas de recogida de aguas al pie de las filas de módulos,
con el fin de reducir su velocidad y facilitar su infiltración.
Todas estas actuaciones deberán estar reflejadas dentro de la memoria y el
presupuesto del proyecto. No se detectan efectos negativos significativos sobre la
hidrología en relación con las líneas eléctricas previstas.
El promotor, con la configuración inicial de la planta recogida en el EsIA, justifica que
los módulos fotovoltaicos están instalados sobre seguidores a un eje que rotan alrededor
de dicho eje, por lo que no provocarán efecto pantalla sobre la superficie ocupada.
Respecto a la red de drenaje de la planta, si bien los caminos y las cunetas no se han
trazado teniendo en cuenta la red de drenaje natural, la evacuación de pluviales se
redireccionará de forma que no afecte significativamente las condiciones actuales,
desaguando en los mismos puntos que en su estado original. Como norma de buena
práctica, en el diseño de la red de drenaje de pluviales se reforzarán los puntos de
vertido mediante escollera. Por último, en el caso de que sea necesario el paso de un
camino cruzando alguna zona de drenaje preferente o cauce, se hará mediante la
construcción de obras de paso elevadas evitando el uso de vados.
Sin embargo, con la configuración final de la planta propuesta por el promotor, los
módulos fotovoltaicos se colocarán sobre estructuras fijas metálicas en dirección esteoeste, por tanto, se deberán plantear sistemas de recogida de aguas al pie de las filas de
módulos, tal y como se recoge en la condición 17 de la presente resolución.
b.8) Paisaje. En el EsIA se incluye un estudio de paisaje que analiza la cuenca
visual y los elementos y recursos del paisaje y valora los impactos que la actuación
provoca sobre el paisaje. El ámbito de estudio se localiza en la Unidad Homogénea de
Paisaje AL. 23 «Corredor del Encabezado» y según el Portal del Paisaje de la Región de
Murcia (SITMURCIA) la calidad global del paisaje en la zona de estudio se considera
media, siendo la calidad visual media y la fragilidad baja.

cve: BOE-A-2022-21449
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 302