III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-21389)
Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación, por la que se formula declaración ambiental estratégica de los "Planes de ordenación del espacio marítimo".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301

Viernes 16 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 174818

(SA) Garantía del suministro de agua dulce y abastecimiento de aguas, incluida su
desalación.
SA.1. Asegurar que las zonas de captación de agua para abastecimiento no albergan
en sus inmediaciones usos y actividades que puedan comprometer la calidad de dichas
aguas.
(CA) Saneamiento, depuración y calidad de las aguas, incluidas las aguas de baño.
CA.1. Garantizar que las zonas de baño no se ven afectadas por las actividades
humanas en el medio marino.
CA.2. Asegurar que los vertidos tierra-mar se realizan de modo que no comprometen
el desarrollo de actividades humanas, ni el buen estado ambiental, en las aguas costeras
receptoras.
CA.3. Garantizar que los usos y actividades presentes, así como los futuros, no
comprometen el estado de las masas de agua costeras, de acuerdo a lo establecido en
los planes hidrológicos de cuenca.
(D) Defensa Nacional.
D. 1. Garantizar la libertad de uso y la acción del Estado en las aguas de soberanía y
jurisdicción española.
D. 2. Contribuir al desarrollo económico y social de España, potenciando por medio
de la seguridad, el avance de la sociedad.
(V)

Vigilancia y control.

V.1. Garantizar la implantación de las instalaciones necesarias para el desarrollo del
servicio de señalización marítima.
V.2. Mejorar el control y la vigilancia sobre los usos y actividades en el medio marino.
(I)

Investigación científica, innovación y desarrollo.

I.1. Disponer de un conjunto de zonas en las aguas marinas españolas dedicadas a
la investigación, innovación y desarrollo, que faciliten el desarrollo de los sectores
marítimos emergentes, con especial atención a las energías renovables marinas.
(CU)

Patrimonio cultural subacuático.

CU.1. Garantizar la conservación del patrimonio cultural subacuático conocido o
susceptible de ser conocido ante las actividades humanas que requieran un uso del
espacio marino.
Objetivos de ordenación horizontales.

H.1. Minimizar y en la medida de lo posible eliminar los conflictos entre usos.
H.2. Asignar prioridades de uso en determinadas zonas para el desarrollo de las
actividades humanas que así lo requieran.
H.3. Facilitar la coexistencia de usos y actividades.
H.4. Identificar, y potenciar en la medida de lo posible, las sinergias positivas entre
usos y actividades.
H.5. Considerar las interacciones tierra-mar como un elemento más a evaluar en el
seguimiento de los planes de ordenación.
H.6. Mejorar la coordinación entre administraciones competentes en materia de
ordenación de los usos y actividades del espacio marítimo y del ámbito litoral. H.7.
Mejorar la cooperación y la involucración de todos los agentes interesados en el ámbito
marítimo.
H.8. Mejorar la visibilidad de las actividades, usos e intereses por parte de los
diferentes usuarios o gestores del espacio marítimo.

cve: BOE-A-2022-21389
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