III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-21389)
Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación, por la que se formula declaración ambiental estratégica de los "Planes de ordenación del espacio marítimo".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301

Viernes 16 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 174780

desarrollo e innovación (I+D+i), para la actividad portuaria, para el desarrollo de la
energía y para la acuicultura marina.
También en estas zonas de alto potencial se establecen regulaciones de usos y
actividades que puedan favorecer el desarrollo de la actividad correspondiente y se
establecen criterios para casos de solape entre diferentes zonas de alto potencial, así
como para garantizar el mayor nivel de coexistencia con los otros usos y actividades
presentes.
Aquellas actividades sectoriales que se desarrollan de manera ubicua en el conjunto
de las aguas marinas, como la pesca, la navegación, el turismo y las actividades
recreativas, no han sido objeto de zonificación propiamente dicha (no tienen definidas
zonas de uso prioritario o de alto potencial) lo que, de acuerdo con el promotor, no
supone en absoluto una priorización de unas actividades (aquellas con zonificación)
frente a otras (aquellas para las que los planes no establecen dicha zonificación). Estas
actividades sectoriales, no obstante, han sido tenidas en cuenta a la hora de zonificar los
sectores representados en el POEM y en la definición de objetivos, medidas de
zonificación y criterios de coexistencia entre usos.
Además de la ordenación de usos y actividades dentro de las zonas de uso prioritario
y zonas de alto potencial con las disposiciones, criterios y medidas definidas, los POEM
regulan la coexistencia sostenible de diferentes usos, actividades e intereses a través del
cumplimiento de la normativa sectorial en vigor y una serie de criterios horizontales,
criterios sectoriales, criterios para la integración de las interacciones tierra-mar y medidas
de carácter general.
El promotor coordinará el mecanismo de seguimiento y evaluación de los POEM, en
el que participarán las diferentes administraciones sectoriales estatales y autonómicas
afectadas y en el que estarán involucrados la comunidad científica y los distintos
sectores marítimos. También se facilitarán mecanismos para la participación de los
agentes interesados, tanto en el seguimiento como en la evaluación de los POEM, con
vistas a su actualización.
2. Principales hitos del procedimiento de evaluación ambiental
La siguiente tabla sintetiza las diferentes fases de la tramitación ambiental:
Principales hitos del procedimiento de evaluación ambiental de los POEM
Trámite

Fecha

Solicitud de inicio de EAE ordinaria.

04/12/2019

Consultas previas para elaboración del documento de alcance del
EsAE.

29/01/2020

Notificación Estados potencialmente afectados.
Resolución documento de alcance del EsAE.
Anuncio información pública.
Consulta a las administraciones públicas afectadas y a las personas
interesadas.

Febrero 2020
29/10/2020
7 de julio de 2021
Julio de 2021

Consultas transfronterizas.

15/07/2021

Recepción del expediente de EAE.

06/07/2022

Requerimiento documentación adicional.

29/09/2022

Entrada documentación adicional.

10/10/2022 y 20/10/2022

De conformidad con el artículo 19 de la Ley de evaluación ambiental, el borrador de
los planes y el documento inicial estratégico fueron sometidos a consultas de las

cve: BOE-A-2022-21389
Verificable en https://www.boe.es

Tabla 2.