III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2022-21387)
Orden TED/1239/2022, de 14 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a pequeños proyectos de inversión que generen o mantengan el empleo, promoviendo el desarrollo alternativo de las zonas de transición justa, para el periodo 2022-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301

Viernes 16 de diciembre de 2022

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del órgano instructor, la realización de este informe podrá ser efectuada por las
entidades colaboradoras.
En los casos en que proceda la denegación de la ayuda por no poder verificarse
dicha viabilidad o no estén al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad
Social, el órgano instructor dictará la correspondiente propuesta de resolución
denegatoria de la ayuda.
De los restantes proyectos, el comité de evaluación emitirá un informe final de evaluación,
en el que se recogerá la puntuación obtenida por cada uno de los proyectos evaluados,
aplicando los criterios de priorización que se establecen en el artículo siguiente; así como la
propuesta de cuantificación de las ayudas a conceder para cada uno de los proyectos, en
función del presupuesto aprobado para cada convocatoria, del número de proyectos
presentados, así como de otros criterios que pueda fijar la convocatoria.
2. Los proyectos se clasificarán por orden de prelación, de mayor a menor
puntuación y se seleccionarán en sentido descendente de puntuación hasta el límite
presupuestario establecido en la convocatoria.
A igualdad de puntuación, cuando no haya crédito suficiente para atender todas las
solicitudes, tendrá prioridad la solicitud de acuerdo al siguiente orden de desempate:
a) Aquella relativa a una inversión localizada en alguno de los municipios en los
que se hubiera procedido al cierre de central térmica, nuclear o mina de carbón.
b) Aquella que haya obtenido mayor puntuación en la valoración del criterio relativo
a los efectos inducidos y externalidades.
c) Aquella que haya obtenido mayor puntuación en la valoración del criterio relativo
a la capacidad de generación de empleo.
d) Aquella que haya obtenido mayor puntuación en la valoración del criterio relativo
a la localización del proyecto.
Si pese a la aplicación de los anteriores criterios de desempate aún persistiera el
empate, se ordenarán las solicitudes según la fecha y hora de su presentación.
3. Si el presupuesto de la convocatoria no fuera suficiente para cubrir la totalidad de
la ayuda de la última solicitud, en su caso, quedará a decisión del solicitante el aceptar o
renunciar a esta ayuda parcial. En caso de ser aceptada, se considerará que el
solicitante renuncia a acceder al resto de la ayuda, salvo que, en aplicación de lo
previsto en el artículo 22.2 de esta orden, la cuantía liberada por una renuncia pueda
ofrecerse al último solicitante para complementar dicha ayuda parcial.
Artículo 19.

Criterios de priorización de los proyectos.

1. Los criterios de puntuación y ponderación para la priorización de los proyectos
de cara a la selección de los mismos en función del presupuesto existente en cada
convocatoria y, por tanto, para la aplicación de la concurrencia competitiva, se
establecen en la siguiente tabla:
Ponderación
máxima

Porcentaje

1. Localización del proyecto. Se priorizarán los proyectos localizados en los municipios más afectados por los cierres, los de
menor población y los más afectados por el reto demográfico.

0-30

2. Capacidad de generación de empleo. Se priorizarán los proyectos con mayor capacidad de creación de puestos de trabajo,
los proyectos que creen empleo femenino, juvenil, de mayores de 45 años, de personas con discapacidad, e inscritas en las
bolsas de trabajo del ITJ.

0-35

3. Dimensión de la empresa. Se priorizarán los proyectos de pequeñas empresas y medianas empresas.

0-10

4. Efectos inducidos y externalidades. Se priorizarán los proyectos caracterizados por su sostenibilidad ambiental y economía
circular, su sostenibilidad social y beneficios sociolaborales y su grado de innovación y efecto tractor.

0-50

cve: BOE-A-2022-21387
Verificable en https://www.boe.es

Criterio