III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2022-21382)
Orden ICT/1238/2022, de 9 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el impulso de la mejora de la productividad en pequeñas y medianas empresas industriales a través de proyectos piloto de reducción de la jornada laboral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 16 de diciembre de 2022

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gestión no garantizaría que las solicitudes de mejor puntuación fuesen las efectivamente
subvencionadas con independencia del territorio en el que se realice la inversión.
Asimismo, tampoco sería conveniente la repartición del limitado y escaso
presupuesto disponible entre las comunidades autónomas, ya que ello obligaría a crear
en ellas programas y estructuras para gestionar unos escasos fondos, lo cual resultaría
en ineficiencias económicas y operativas.
Se trata, además, de una medida de fomento puntual, que servirá como proyecto
piloto de reducción de jornada en todo el territorio nacional, sin afectar al espacio
normativo de las comunidades autónomas, que pueden llevar a cabo sus políticas
sectoriales propias, ya que el Estado no establece una regulación básica con vocación
de permanencia sino que adopta una medida singular, puntual y aislada, que se agotará
con su ejecución.
Todas estas circunstancias impiden la previa territorialización de los créditos entre las
Comunidades Autónomas, y exigen la intervención de la Administración General del
Estado para garantizar la igualdad de oportunidades de los posibles destinatarios en
todo el territorio nacional.
Además, respecto de la centralización en el Estado de la titularidad de la
competencia de gestión, señala la Sentencia del Tribunal Supremo número 873/2018,
de 28 de mayo, que ésta sólo puede tener lugar, «cuando, además del alcance territorial
superior al de una Comunidad Autónoma del objeto de la competencia, la actividad
pública que sobre él se ejerza no sea susceptible de fraccionamiento y, aun en este
caso, cuando dicha actuación no pueda llevarse a cabo mediante mecanismos de
cooperación o coordinación, sino que requiera un grado de homogeneidad que sólo
pueda garantizar su atribución a un solo titular, que forzosamente deba ser el Estado, o
cuando sea necesario recurrir a un ente con capacidad de integrar intereses
contrapuestos de varias Comunidades Autónomas». Concurriendo en el presente caso
las circunstancias aquí señaladas ya que es frecuente que las empresas industriales,
incluidas las PYMEs, empleen distintos establecimientos para cada fase de un proceso
productivo, ubicados en distintos territorios en función de la tarea que realicen y en virtud
del principio de especialización. Teniendo en cuenta que las ayudas implementadas por
medio de estas bases se concederían a nivel de empresa y no de centro productivo,
resulta más racional a nivel de evaluación y gestión de las solicitudes, que sea el Estado
el que desarrolle esta actividad de fomento, no susceptible de fraccionamiento en este
caso, ya que dichas solicitudes pueden ser mejor valoradas teniendo en cuenta el
impacto del proyecto piloto en la empresa en su conjunto.
Otra circunstancia que aconseja la concentración de los fondos es la evaluación ex
post de la aplicación y los efectos de los proyectos piloto, la cual debe hacerse por una
única Administración para garantizar su coherencia, y refuerza el carácter puntual de la
medida, que no desplaza las competencias de las comunidades autónomas en la
materia.
Respecto a la competencia del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, el
artículo 7.1.a) y x) del Real Decreto 998/2018, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo señala que le
corresponde a la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa
funciones relativas a la propuesta, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas
de apoyo y promoción de la actividad de la pequeña y mediana empresa encaminada a
la mejora de su competitividad y la planificación, coordinación global y la gestión
administrativa y económico-financiera de los programas de ayudas públicas sobre
materias de su competencia.
Y respecto a la competencia de este departamento frente a otros departamentos de
la Administración General del Estado, se considera oportuno que esta línea de ayudas
se implemente desde el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ya que desde hace
años éste viene impulsando iniciativas que fomentan la mejora de la competitividad y
productividad del sector industrial español, como es el caso de los programas de apoyo a
la digitalización, a la innovación de procesos y organizativa y de apoyo a la

cve: BOE-A-2022-21382
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