II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Funcionarios de los Subgrupos A2 y C1. (BOE-A-2022-21325)
Acuerdo de 1 de diciembre de 2022, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo en el Centro de Documentación Judicial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301

Viernes 16 de diciembre de 2022

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5. El personal funcionario que pertenezca a dos o más Cuerpos o Escalas del mismo
o distinto subgrupo solo podrá participar en el concurso desde uno de ellos. La certificación
deberá referirse a los requisitos y méritos correspondientes a dicho Cuerpo o Escala, salvo
para el personal funcionario destinado en el Consejo General del Poder Judicial.
6. El personal funcionario que haya accedido a otro Cuerpo o Escala por promoción
interna o por integración y permanezca en el puesto de trabajo que desempeñaba, se le
computará el tiempo de servicios prestados en dicho puesto en el cuerpo o escala de
procedencia, a efectos exclusivos de la permanencia de dos años en destino definitivo
para poder concursar.
7. No podrá participar en el concurso el personal funcionario suspenso en firme,
mientras dure la suspensión.
Segunda.

Baremo.

El presente concurso consta de dos fases. En la primera de ellas se valorarán los
méritos generales y, en la segunda los méritos específicos adecuados a las
características del puesto.
La puntuación máxima correspondiente a la primera fase, valoración de méritos
generales, es de 16,80 puntos, debiendo alcanzarse una puntuación mínima de 8 puntos
para valorar cualquier solicitud en la segunda fase.
La puntuación máxima correspondiente a la segunda fase, valoración de méritos
específicos, es de 19 puntos, siendo la mínima exigida para la adjudicación de los
puestos de 9 puntos.
I. Primera fase. Méritos generales
I.1 Valoración del grado personal. Por tener consolidado y reconocido un grado
personal, o por haber servido durante dos años continuados o tres con interrupción en
uno o más puestos de trabajo a los que les corresponda un complemento de destino
equivalente al de un determinado nivel de puesto de trabajo, se adjudicarán hasta un
máximo de 3 puntos, según la distribución siguiente:

El grado reconocido fuera del ámbito de la Administración General del Estado se
valorará cuando se halle dentro del intervalo de niveles establecido en el artículo 71 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, para el grupo de titulación al que se
pertenezca. Si este excede del intervalo se valorará el grado máximo del intervalo
asignado a su grupo de titulación.
Al personal funcionario de los cuerpos o escalas de la Administración de justicia, se
les asignará por este apartado tres puntos si pertenecen al cuerpo o escala de Gestión
Procesal y Administrativa y dos puntos si pertenecen al cuerpo o escala de Tramitación
Procesal y Administrativa, siempre que acrediten al menos cinco años de permanencia
en el servicio activo en el cuerpo o escala desde el que participan en el concurso. En el
caso de que acrediten un tiempo inferior a cinco años, pero superior a dos, se asignarán
dos y un punto, respectivamente.
I.2 Valoración del trabajo desarrollado. Atendiendo a las características de los
puestos desempeñados en los últimos cinco años, en relación con las propias de la plaza
convocada conforme se indica en el anexo I, se adjudicarán hasta un máximo de 6
puntos que se valorarán según los siguientes criterios:
La experiencia en el desempeño de puestos de trabajo pertenecientes a un área
funcional o sectorial similar.
El grado de similitud en el contenido técnico y especialización con la plaza
convocada según los méritos que se especifican en el anexo I.

cve: BOE-A-2022-21325
Verificable en https://www.boe.es

Por la posesión del grado personal superior al del puesto convocado: 3 puntos.
Por la posesión del grado personal igual al del puesto convocado: 2 puntos.
Por la posesión del grado personal inferior al del puesto convocado: 1 punto.