II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2022-21233)
Resolución de 17 de noviembre de 2022, de la Organización Nacional de Trasplantes, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema general de acceso libre, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo, en la categoría de Diplomado Universitario de Enfermería.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300

Jueves 15 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 173824

del valor asignado a la respuesta correcta. Todas las respuestas tienen el mismo valor,
conformando de esta forma, una bolsa general de puntos, de la cual se detraerán los
puntos correspondientes a las preguntas contestadas erróneamente.
La puntuación máxima posible, en la parte de test, será de 100 puntos. El Tribunal hará
públicas las plantillas con las respuestas correctas al test, en el plazo máximo de 48 horas a
contar desde la finalización de la prueba, en la página web de la ONT (https://www.ont.es) y
en el portal del Ministerio de Sanidad (https://www.sanidad.gob.es). Las alegaciones a dicha
resolución deberán presentarse dentro del plazo de cinco días hábiles desde la publicación
de la misma a través de los medios electrónicos que se especifiquen en dicha publicación.
El supuesto de carácter práctico será leído ante el Tribunal, que convocará
reglamentariamente a las personas aspirantes que hayan superado el test. Tras la
lectura, el Tribunal podrá conversar con las personas aspirantes acerca de sus
respuestas al supuesto de carácter práctico. El tribunal convocará sólo a las personas
aspirantes que hayan obtenido las 10 mejores calificaciones en la parte de test. En caso
de empate en la calificación obtenida por personas aspirantes en la décima posición, el
tribunal convocará a la lectura del caso práctico a todas las personas aspirantes que
hayan obtenido dicha calificación.
El Tribunal valorará, junto al rigor analítico y la claridad expositiva, los conocimientos
generales y específicos pertinentemente incorporados a la respuesta y la capacidad de
relacionarlos, así como las competencias personales de las personas aspirantes, el
grado de madurez, equilibrio, responsabilidad y capacidad de decisión.
1.3 El Tribunal publicará las calificaciones de las personas aspirantes que hubieran
superado la fase oposición, en los lugares indicados en las bases comunes de esta
convocatoria, con indicación, en su caso, de las preguntas anuladas por el Tribunal y las
preguntas de reserva que las sustituyen.
2.

Fase de concurso

2.1 Esta fase, en la que solo participarán quienes hayan superado la fase de
oposición, evaluará las competencias profesionales de las personas aspirantes y
consistirá en la valoración por el Tribunal, con arreglo al baremo que se publica como
anexo II, de los méritos que acrediten, referidos al último día del plazo de presentación
de solicitudes.
Para ello, quienes hubieran superado la fase de oposición dispondrán de un plazo de
veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación de las listas de
personas aprobadas de la fase de oposición, para presentar al Tribunal calificador, a
través de los medios electrónicos que se indiquen, la documentación original o copias
auténticas acreditativas de los méritos alegados.
2.2 La puntuación máxima posible que se puede obtener en la fase de concurso
será de 100 puntos. En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá
aplicarse para alcanzar la puntuación mínima de la fase de oposición.
2.3 Los documentos que deberán remitirse al Tribunal son los siguientes:
Relación numerada de los documentos aportados.
Documentación para acreditar correctamente la experiencia profesional:

a) Se acreditará mediante certificación emitida por el órgano responsable de la
gestión de recursos humanos donde se hayan prestado los servicios, en la que deberá
constar la siguiente información: categoría/especialidad, tipo de vínculo (fijo, temporal,
actividad continuada, formación), régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario,
estatutario), fecha de inicio y fin, régimen de jornada (completa y parcial) y número de
horas en caso de vínculos de atención continuada. A estos efectos, este certificado no
puede ser sustituido por el certificado de vida laboral.
b) En el supuesto de instituciones sanitarias públicas, tal certificación hará constar
expresamente la naturaleza pública de la institución y su integración en el servicio de
salud respectivo. En otro caso, la experiencia profesional no será objeto de valoración.

cve: BOE-A-2022-21233
Verificable en https://www.boe.es

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