III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2022-21186)
Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Tesorería General de la Seguridad Social y el Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, por el que se fija el marco de relaciones para intensificar y hacer más eficaz la colaboración recíproca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Miércoles 14 de diciembre de 2022

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3.º El aplazamiento o fraccionamiento de las cuotas de la Seguridad Social, en la
forma, condiciones y requisitos establecidos.
4.º La elevación a definitivas de las actas de liquidación de cuotas y de las actas de
liquidación conjuntas con las actas de infracción, así como la imposición de sanciones a
empleadores y trabajadores por infracciones en materia de Seguridad Social que afecten
a su ámbito de competencias, en ambos casos a propuesta de la Inspección de Trabajo
y Seguridad Social.
Tercero.
Que, a ambas partes interesa velar por el cumplimiento de la normativa aplicable en
materia Seguridad Social.
Con fecha 19 de julio de 2018, la Tesorería General de la Seguridad Social y el
Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, procedieron a la firma de
un convenio por el que se fijó el marco de relaciones para intensificar y hacer más eficaz
la colaboración recíproca, publicado mediante Resolución de la Secretaría General
Técnica del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social de 26 de julio de 2018
(BOE del 31).
Dicho convenio sustituyó a la Resolución conjunta de 28 de julio de 2004, firmada por
el Secretario de Estado de la Seguridad Social y la Subsecretaria de Trabajo y Asuntos
Sociales, en cuanto a instrumento de colaboración entre ambos órganos, adoptando la
forma jurídica de convenio por ser la más adecuada de conformidad a lo establecido en
el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, cuyo artículo 47
establece que son convenios, los acuerdos con efectos jurídicos adoptados por las
Administraciones Públicas para un fin común.
Posteriormente, mediante Resolución de 25 de julio de 2019, la Tesorería General de
la Seguridad Social y el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social,
firmaron un convenio que fijó el marco de relaciones para intensificar y hacer más eficaz
la colaboración recíproca. Dicho convenio fue publicado mediante Resolución de la
Secretaría General Técnica del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
de 25 de julio de 2019 (BOE del 1 de agosto). La vigencia de este convenio finalizó el 31
de marzo de 2020.
Esta línea de colaboración, plasmada en el oportuno convenio firmado entre ambas
partes, se ha demostrado muy útil y fructífera por lo que es conveniente y deseable
formalizar uno nuevo que permita una colaboración estable para posibilitar el diseño de
planes y actuaciones a largo plazo en aquellas materias que las partes consideren en
cada momento más relevantes para el control de la cotización y el encuadramiento de
empresas y trabajadores.
Por ello, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Inspección de Trabajo y
Seguridad Social, manteniendo vivo su interés por intensificar y hacer más eficaces las
labores de control e inspección del cumplimiento de las obligaciones establecidas en las
materias ya indicadas suscriben el presente convenio, bajo el principio de cooperación
recíproca y con sujeción al ordenamiento jurídico vigente, con arreglo a las siguientes

Primera. Objeto.
El presente convenio tiene por objeto regular el marco general de colaboración entre
el organismo autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la
Tesorería General de la Seguridad Social, en aplicación de lo dispuesto en los
artículos 16.3 y 17.1 de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de
Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y artículo 5 c) y disposición adicional segunda
del Real Decreto 1314/1984, de 20 de junio, por el que se regula la estructura y

cve: BOE-A-2022-21186
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