III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ayudas. (BOE-A-2022-21172)
Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Formación Profesional, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 2 de diciembre de 2022, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas, en el ejercicio presupuestario 2022, destinados a la creación de una Red de Centros de Capacitación Digital, en el marco de la Red Nacional de Competencias Digitales, en el marco del componente 19 "Plan Nacional de Competencias Digitales" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Miércoles 14 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 173267

COMPROMISO DE COLABORACIÓN
Las Comunidades Autónomas se comprometen a desarrollar las actuaciones, desde
la fecha de resolución de concesión hasta el 31 de diciembre de 2023, cumpliendo con
las siguientes condiciones:
– La actuación subvencionable supone la incorporación de centros sostenidos con
fondos públicos con espacios específicos dedicados a la capacitación digital de la
ciudadanía en los que pueda impartirse una formación de carácter no formal asociada,
entre otras posibles, a una cualificación de nivel 2 del Catálogo Nacional de
Cualificaciones Profesionales. Estos centros pasarán a tener la consideración de centros
pertenecientes a la red nacional de centros de capacitación digital sin perjuicio de su
condición jurídica, titularidad y funciones.
– Los gastos elegibles son:
1. Gastos directos en bienes y servicios, tramitados mediante externalizaciones,
que puedan vincularse indubitadamente con la actuación, incluyendo obras de
adaptación no estructurales, conectividad y equipamiento.
2. Gastos de personal que impartirán la formación, entendiendo que, al tratarse de
formación no formal, no requiere su impartición por docentes.
3. Gastos relacionados con el programa formativo y con los materiales didácticos
necesarios.
Los centros creados garantizarán la adaptabilidad de los mismos, teniendo en cuenta
los siguientes aspectos, tanto de conectividad como la adaptación y equipamiento de
espacios.
1.

En cuanto a la adaptación de espacios:

– Podrán reacondicionar los espacios destinados a la creación de centros de
capacitación digital, entendiéndose como tales adaptaciones de espacios no
estructurales, imprescindibles para el buen funcionamiento del centro.
– Contarán con espacios escalables, configurables en función de las necesidades
temporales. Espacios que se irán añadiendo, adaptados a las necesidades que puedan
configurarse según las necesidades de cada momento.
2.





En cuanto a la conectividad de espacios:
Estarán conectados con banda ancha ultra rápida, WIFI, fibra óptica.
Deberán contar con condiciones adecuadas de acústica e iluminación.
Deberán contar con software ofimático.
Deberán contar con mobiliario por zonas de trabajo y diseño Wall-Art.

– Elementos digitales de presentación de la información.
– Pantalla táctil.
– Proyector de alta calidad.
– Pizarra colaborativa que permite al docente escribir y compartir contenidos en
remoto y presencial.
– Plataformas de colaboración.
– Impresoras y ordenadores.
– Materiales didácticos on-line.
El MEFP pondrá a disposición de las CCAA el programa formativo asociado a la
cualificación profesional IFC748_2 de Digitalización aplicada al entorno profesional.

cve: BOE-A-2022-21172
Verificable en https://www.boe.es

3. En cuanto al equipamiento con el que debe contar el nuevo espacio creado, se
indican a continuación, los elementos subvencionables: