III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-21175)
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal de empresas de seguridad para el periodo 2023-2026.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299
Miércoles 14 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 173475
e) Técnico de Prevención de Nivel Intermedio. Es aquel empleado que, con la
Formación prevista en la legislación vigente, realiza las funciones de prevención,
evaluación, planificación preventiva y otras a que se refiere el artículo 36 del R.D.
39/1997, de 17 de enero.
f) Delineante Proyectista. Es el empleado que, dentro de las especialidades
propias de la sección en que se trabaje, con título adecuado o experiencia idónea,
proyecta o detalla los trabajos del Técnico superior, a cuyas órdenes actúa.
g) Delineante. Es el técnico que está capacitado para el desarrollo de proyectos
sencillos, levantamiento o interpretación de planos y trabajos análogos.
C)
Personal de Ventas.
a) Jefe de Ventas. Es el que bajo el control e instrucción de la Dirección
Comercial de la Empresa, está encargado y tiene la responsabilidad directa de la
promoción comercial, captación y mantenimiento de clientes para la Empresa.
b) Técnico comercial. Es el que, bajo las órdenes de un superior, realiza para la
Empresa funciones de prospección de mercado, promoción y venta de los productos y
servicios de la empresa y se ocupa de la coordinación, en su caso, de vendedores y
promotores.
c) Gestor de Clientes. Es el empleado, con conocimientos técnicos y de gestión
suficientes para el área en el que desarrolle su actividad, con dependencia del Directivo
encargado de ésta, cuya misión es la atención de los requerimientos de uno o varios
clientes, responsabilizándose de dar solución a cuantas cuestiones le sean planteadas,
de forma directa o requiriendo la colaboración de otros departamentos. Además, detecta
las necesidades del cliente y propone nuevas soluciones, participando de forma integral
en su desarrollo.
d) Vendedor-Promotor de Ventas. Es el empleado, afecto al Departamento
Comercial de la Empresa, que realiza las funciones de prospección del mercado y la
promoción y venta de sus productos y servicios, realizando los desplazamientos
necesarios tanto para la captación de clientes, como para la atención a los mismos, una
vez contratados.
Artículo 31.
Personal de Mandos Intermedios.
– Planificar, optimizar y racionalizar las rutas de los vehículos con el objetivo de
cumplir con los horarios de entrega y recogida comprometidos con los usuarios del
servicio.
– Distribuir y asignar a los vigilantes en las rutas
– Controlar la correcta prestación de los servicios, así como el adecuado estado de
conservación y mantenimiento de los vehículos a su cargo.
– Informar al Departamento de Seguridad sobre el estado de las habilitaciones,
permisos y licencias exigidos al personal a su cargo.
– Cumplir y hacer los procedimientos de seguridad y calidad en los servicios de
transporte, así como fomentar las acciones de motivación, formación, y correcta atención
tanto interna como externa.
– Velar por la seguridad de las tripulaciones, facilitando su comunicación con la
Base, dando el soporte necesario a la ruta.
– Supervisar, en coordinación con el conductor, las posibles incidencias de la ruta
programada o las paradas no previstas inicialmente.
– Coordinar y dirigir al personal a su cargo adscrito al Departamento de Tráfico.
cve: BOE-A-2022-21175
Verificable en https://www.boe.es
a) Jefe de Tráfico. Es el que con la necesaria iniciativa y responsabilidad, tiene a
su cargo la organización de los servicios de transporte y distribución de monedas y
billetes, títulos-valores, joyas, metales preciosos, antigüedades, obras de arte u otros
objetos contemplados en la legislación vigente. Sus funciones principales son:
Núm. 299
Miércoles 14 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 173475
e) Técnico de Prevención de Nivel Intermedio. Es aquel empleado que, con la
Formación prevista en la legislación vigente, realiza las funciones de prevención,
evaluación, planificación preventiva y otras a que se refiere el artículo 36 del R.D.
39/1997, de 17 de enero.
f) Delineante Proyectista. Es el empleado que, dentro de las especialidades
propias de la sección en que se trabaje, con título adecuado o experiencia idónea,
proyecta o detalla los trabajos del Técnico superior, a cuyas órdenes actúa.
g) Delineante. Es el técnico que está capacitado para el desarrollo de proyectos
sencillos, levantamiento o interpretación de planos y trabajos análogos.
C)
Personal de Ventas.
a) Jefe de Ventas. Es el que bajo el control e instrucción de la Dirección
Comercial de la Empresa, está encargado y tiene la responsabilidad directa de la
promoción comercial, captación y mantenimiento de clientes para la Empresa.
b) Técnico comercial. Es el que, bajo las órdenes de un superior, realiza para la
Empresa funciones de prospección de mercado, promoción y venta de los productos y
servicios de la empresa y se ocupa de la coordinación, en su caso, de vendedores y
promotores.
c) Gestor de Clientes. Es el empleado, con conocimientos técnicos y de gestión
suficientes para el área en el que desarrolle su actividad, con dependencia del Directivo
encargado de ésta, cuya misión es la atención de los requerimientos de uno o varios
clientes, responsabilizándose de dar solución a cuantas cuestiones le sean planteadas,
de forma directa o requiriendo la colaboración de otros departamentos. Además, detecta
las necesidades del cliente y propone nuevas soluciones, participando de forma integral
en su desarrollo.
d) Vendedor-Promotor de Ventas. Es el empleado, afecto al Departamento
Comercial de la Empresa, que realiza las funciones de prospección del mercado y la
promoción y venta de sus productos y servicios, realizando los desplazamientos
necesarios tanto para la captación de clientes, como para la atención a los mismos, una
vez contratados.
Artículo 31.
Personal de Mandos Intermedios.
– Planificar, optimizar y racionalizar las rutas de los vehículos con el objetivo de
cumplir con los horarios de entrega y recogida comprometidos con los usuarios del
servicio.
– Distribuir y asignar a los vigilantes en las rutas
– Controlar la correcta prestación de los servicios, así como el adecuado estado de
conservación y mantenimiento de los vehículos a su cargo.
– Informar al Departamento de Seguridad sobre el estado de las habilitaciones,
permisos y licencias exigidos al personal a su cargo.
– Cumplir y hacer los procedimientos de seguridad y calidad en los servicios de
transporte, así como fomentar las acciones de motivación, formación, y correcta atención
tanto interna como externa.
– Velar por la seguridad de las tripulaciones, facilitando su comunicación con la
Base, dando el soporte necesario a la ruta.
– Supervisar, en coordinación con el conductor, las posibles incidencias de la ruta
programada o las paradas no previstas inicialmente.
– Coordinar y dirigir al personal a su cargo adscrito al Departamento de Tráfico.
cve: BOE-A-2022-21175
Verificable en https://www.boe.es
a) Jefe de Tráfico. Es el que con la necesaria iniciativa y responsabilidad, tiene a
su cargo la organización de los servicios de transporte y distribución de monedas y
billetes, títulos-valores, joyas, metales preciosos, antigüedades, obras de arte u otros
objetos contemplados en la legislación vigente. Sus funciones principales son: