III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-21175)
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal de empresas de seguridad para el periodo 2023-2026.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Miércoles 14 de diciembre de 2022

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incapacidad temporal, supuestos de excedencia forzosa o especiales de los artículos 63
y 64 de este Convenio, cumplimiento de sanciones, etc.) siempre que se especifique en
el contrato el nombre de la persona sustituida y la causa de la sustitución. En tal
supuesto, la prestación de servicios podrá iniciarse y/o finalizarse antes y/o después de
que se produzca la ausencia/reincorporación de la persona sustituida, coincidiendo en el
desarrollo de las funciones el tiempo imprescindible para garantizar el desempeño
adecuado del puesto y, como máximo, durante el plazo establecido legalmente.
4.

Contrato fijo discontinuo.

1. El contrato por tiempo indefinido fijo-discontinuo se concertará para la realización
de trabajos de naturaleza estacional o vinculados a actividades productivas de
temporada, o para el desarrollo de aquellos que no tengan dicha naturaleza pero que,
siendo de prestación intermitente, tengan periodos de ejecución ciertos, determinados o
indeterminados.
Podrán realizarse llamamientos de las personas contratadas bajo esta modalidad
contractual, para sustituir a personas con reserva de puesto de trabajo y para
necesidades circunstanciales de la producción.
El contrato fijo-discontinuo podrá también concertarse para el desarrollo de trabajos
consistentes en la prestación de servicios en el marco de la ejecución de contratas
mercantiles o administrativas estables que, siendo previsibles, formen parte de la
actividad ordinaria de la empresa. Únicamente podrán celebrarse contratos fijosdiscontinuos a tiempo parcial en los siguientes supuestos:

a) El contrato de trabajo fijo-discontinuo se deberá formalizar necesariamente por
escrito y deberá reflejar los elementos esenciales de la actividad laboral: categoría, lugar
de prestación de servicios y la forma de comunicación del llamamiento. La jornada y la
distribución horaria deberá fijarse en el contrato, si bien, dicha distribución horaria podría
concretarse en el momento del llamamiento por la entrega a la persona trabajadora y a la
representación unitaria o sindical de la plantilla de turnos a realizar, haciendo mención de
ello en el propio texto del contrato

cve: BOE-A-2022-21175
Verificable en https://www.boe.es

1. Acontecimientos deportivos o culturales que tienen lugar en una misma
instalación de forma recurrente pero intermitente en el tiempo, cuya duración sea inferior
a un año y superior a siete meses como, por ejemplo, contratación de servicios de
seguridad privada por clubes deportivos los días de partido para las distintas
competiciones de una temporada, o por los organizadores de conciertos en un auditorio
musical.
2. Vigilancia y protección de los medios de transporte y sus infraestructuras en el
ámbito aeroportuario y marítimo-portuario, cuya duración mínima sea superior a 4
meses.
3. Aquellos otros supuestos que, en función de la evolución de la prestación de los
servicios del ámbito funcional de este Convenio, respondan a unas causas análogas a
las que justifican la utilización de la figura del contrato fijo-discontinuo a tiempo parcial en
los números 1 y 2 de este párrafo. Corresponderá, en todo caso, a la Comisión Paritaria
la interpretación sobre la concurrencia de dichos supuestos, debiendo el
pronunciamiento sobre los mismos incorporarse al texto del convenio siguiente, en virtud
de lo dispuesto en el artículo 10.5 del Convenio Colectivo. La participación en la reunión
de la Comisión Paritaria estará abierta, en este supuesto específico, a todas las
organizaciones legitimadas para tomar parte en la negociación del convenio colectivo. En
estos supuestos los periodos de inactividad estarán íntimamente ligados a los sectores
de referencia, reactivándose automáticamente los llamamientos tras la reanudación de
cada actividad.
A los contratos fijos discontinuos les resultan de aplicación las siguientes previsiones
específicas: