III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Convenios. (BOE-A-2022-21184)
Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, por la que se publica el Convenio con Orange España Comunicaciones Fijas, SLU, para la adhesión al procedimiento de consulta e intercambio de información previsto en el Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de las edificaciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Miércoles 14 de diciembre de 2022

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El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación de su
tratamiento, portabilidad y de no ser objeto de decisiones individualizadas, así como
oponerse al mismo, se podrá llevar a cabo en los términos legales mediante
comunicación a la respectiva entidad a su domicilio social.
Cláusula 17.

Imagen corporativa.

Para la SETELECO se aplicará lo establecido en la Disposición adicional segunda del
Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, por el que se establecen criterios de imagen
institucional y se regula la producción documental y el material impreso de la Administración
General del Estado. Para la difusión/publicación de cualquier material que contenga el
logotipo de la SETELECO se requerirá la previa autorización expresa de ésta.
Cláusula 18.

Financiación.

Las actividades a desarrollar por este convenio no implicarán ningún compromiso
financiero para ninguna de las partes, no darán lugar a contraprestación económica alguna
entre las partes firmantes y no supondrán incremento del gasto público. No podrán suponer
incremento de dotaciones ni de retribuciones ni de otros gastos de personal.
Cláusula 19.

Fuero.

Las partes, con renuncia al fuero que les corresponda o pudiera corresponder en el
futuro, se someten expresamente, para toda cuestión relativa a la interpretación y
cumplimiento del presente convenio, y siempre que no fuera posible evitar la
discrepancia en la resolución de los conflictos, a la jurisdicción de lo contenciosoadministrativo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1 y 2 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, ambas partes firman el presente
documento en Madrid, a 28 de noviembre de 2022.–Por la Secretaría de Estado, María
González Veracruz, Secretaria de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras
Digitales.–Por Orange España Comunicaciones Fijas, SLU, P. P. María Luz Usamentiaga
Ortiz, Directora General de Regulación, Asuntos Públicos y Sostenibilidad.
ANEXO I
Selección de las zonas geográficas de interés

ANEXO II
Formularios web de consultas y respuestas
El servicio de consulta permite a los proyectistas, mediante el formulario web
correspondiente puesto a su disposición por la SETELECO en la sede electrónica del
Ministerio, realizar consultas a los operadores sobre su previsión de despliegue de
servicios, así como localización óptima de la arqueta de entrada. Se complementa con
otro formulario de respuesta a las consultas recibidas, que podrá rellenar OSFI.

cve: BOE-A-2022-21184
Verificable en https://www.boe.es

El servicio de gestión de provincias tiene como fin que OSFI pueda determinar las
provincias de las que desea recibir consultas de los proyectistas de ICT.
Con este objeto, OSFI deberá señalar tales provincias en el formulario telemático
puesto a su disposición por la SETELECO en la sede electrónica del Ministerio.
OSFI podrá modificar la relación de provincias en cualquier momento.
El servicio de gestión de provincias sólo estará disponible para los usuarios con perfil
de administrador designados por OSFI, quienes deberán utilizar un certificado digital
válido reconocido por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.