III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Convenios. (BOE-A-2022-21184)
Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, por la que se publica el Convenio con Orange España Comunicaciones Fijas, SLU, para la adhesión al procedimiento de consulta e intercambio de información previsto en el Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de las edificaciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 14 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 173590

En el formulario de consulta que rellenará el proyectista deberán cumplimentarse los
siguientes datos:
– Datos del solicitante (NIF, nombre y apellidos), dirección completa y dirección de
correo electrónico a la que será enviado el mensaje de aviso de respuesta a su consulta.
– Datos de la obra, incluyendo el nombre del promotor, las coordenadas geográficas
y la dirección de la obra (siendo obligatorio completar la provincia y la localidad), así
como las fechas previstas de inicio y fin de la misma.
– Documento (en formato PDF) con un esquema de la ubicación propuesta para la
arqueta de entrada.
Una vez sean firmados los datos con el certificado digital del proyectista, y en el caso
de que la consulta se refiera a una provincia de interés para OSFI, la plataforma
telemática gestionada por la SETELECO enviará a aquélla un correo electrónico con los
datos necesarios para acceder a la información de la consulta y poder dar así una
respuesta a la misma.
Asimismo, a través de la sede electrónica del Ministerio, la SETELECO pondrá a
disposición de OSFI un formulario Web de respuesta a posibles consultas. Mediante este
formulario deberán aportarse los siguientes datos:
– N.º expediente al que corresponde la respuesta, que podrá obtenerse del correo
electrónico enviado por la plataforma telemática gestionada por la SETELECO de aviso
de la consulta.
– Determinar si la ubicación propuesta de la arqueta de entrada se considera
correcta o no, en cuyo caso se deberá aportar un documento (en formato PDF) con un
esquema de la ubicación correcta propuesta.
– Determinar los medios portadores que NO van a ser utilizados.
– Datos de contacto.
Cuando todos los operadores interesados hayan dado respuesta a la consulta, o
cuándo haya vencido el plazo de respuesta, será enviado un mensaje de correo
electrónico al proyectista. Éste deberá seguir las instrucciones del mensaje para acceder
al expediente dónde se hayan recogido las respuestas de los diferentes operadores.
Con periodicidad semanal, la plataforma telemática gestionada por la SETELECO
enviará a OSFI un correo electrónico informándole de las consultas pendientes de
respuesta.
Para la utilización de los formularios de consulta y respuesta, los usuarios
autorizados por OSFI deberán disponer de un certificado válido reconocido por el
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
ANEXO III
Servicio de gestión de usuarios
El servicio de Gestión de Usuarios, que gestiona la SETELECO, tiene como objeto el
permitir a OSFI dar de alta o de baja y modificar los usuarios que tengan acceso al
formulario de respuesta a consultas.
Para dar de alta un usuario se deberán completar sus datos personales, incluyendo
el NIF, el nombre y el/los apellidos. Para facilitar la gestión de los mismos, el formulario
diseñado por la SETELECO incluirá un filtro de búsqueda.
Sólo podrán utilizar el servicio de gestión de usuarios aquellos usuarios de OSFI
dados de alta en el sistema con el perfil de administrador y que dispongan de un
certificado electrónico válido reconocido por el Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital.

cve: BOE-A-2022-21184
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 299