I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2022-21137)
Real Decreto 1023/2022, de 13 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de dos subvenciones, al Ayuntamiento de Villava-Atarrabia y al Cabildo Insular de La Gomera, para la financiación de actuaciones en su territorio en el ámbito medioambiental.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Miércoles 14 de diciembre de 2022

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Ministra de Hacienda y Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros
en su reunión del día 13 de diciembre de 2022,
DISPONGO:
Artículo 1.

Objeto y beneficiario.

Este real decreto tiene por objeto regular la concesión directa, con carácter
excepcional y por razones de interés público, social y económico, de dos subvenciones,
al Ayuntamiento de Villava-Atarrabia y al Cabildo Insular de La Gomera, para la
financiación, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado de 2022, de
actuaciones de:
a) Recuperación y mejora hidráulica del rio Ultzama a su paso por Villava-Atarrabia.
b) Recuperación de especies de flora vascular amenazada en la zona periférica de
protección del Parque Nacional de Garajonay.
c) Restauración y selvicultura preventiva en la zona periférica de protección del
Parque Nacional de Garajonay.
d) Control de especies exóticas invasoras en la zona periférica de protección del
Parque Nacional de Garajonay.
Artículo 2.

Régimen jurídico aplicable.

Estas subvenciones se regirán, además de por lo dispuesto en este real decreto y en
las resoluciones de concesión respectivas, por lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento de desarrollo, aprobado
mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, salvo en lo que afecte a los principios
de publicidad y concurrencia, así como por lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y las demás
disposiciones legales y reglamentarias que resulten de aplicación.
Procedimiento de concesión.

1. Se autoriza la concesión directa de las subvenciones objeto de este real
decreto, atendiendo al carácter singular que se deriva de las excepcionales
circunstancias en que han de realizarse las actividades subvencionadas y dado que
concurren razones de interés público, social y económico, que determinan la
improcedencia de su convocatoria pública, al amparo de lo previsto en el
artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en relación con lo establecido
en los apartados 2 y 3 del artículo 28 de dicha ley.
2. La concesión de estas subvenciones se efectuará por sendas resoluciones de la
persona titular de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, para el caso de la
subvención destinada al Ayuntamiento de Villava-Atarrabia, de acuerdo con lo dispuesto
en la Orden TED/533/2021, de 20 de mayo, de delegación de competencias, modificada
por la Orden TED/346/2022, de 20 de abril, y de la persona titular de la dirección del
Organismo Autónomo Parques Nacionales, para el caso de la subvención destinada al
Cabildo Insular de La Gomera, de acuerdo con la Orden APM/126/2018, de 5 de febrero,
sobre delegación de competencias en el Organismo Autónomo Parques Nacionales.
Dichas resoluciones se dictarán previa presentación, por parte de la entidad beneficiaria,
de un programa de actuaciones y presupuesto desglosado. El presupuesto de la
actividad presentado servirá de referencia para la determinación final del importe de la
subvención a conceder, calculándose éste como un porcentaje del coste final de la
actividad, en los términos que prevé el artículo 32.1 del Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.

cve: BOE-A-2022-21137
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Artículo 3.