III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Ayudas. (BOE-A-2022-21173)
Orden TES/1233/2022, de 5 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el Plan Integral de Impulso a la Economía Social para la generación de un tejido económico, inclusivo y sostenible y por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para proyectos innovadores para los años 2022 y 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Miércoles 14 de diciembre de 2022
Artículo 40.

Sec. III. Pág. 173304

Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos.

En cuanto a los requisitos para solicitar la subvención y la forma de acreditarlos se
estará a lo dispuesto en el artículo 8:
1. Gozar de personalidad jurídica y estar legalmente constituidos, además de
inscritos en el Registro Público correspondiente, cuando este requisito fuera exigible
conforme a la normativa aplicable, salvo lo establecido en el artículo 7, para las
agrupaciones de entidades que carecen de la misma, las cuáles presentarán un acuerdo
de agrupación que regule su funcionamiento, y que debe incluir al menos el contenido
mínimo del anexo VIII.
2. Las entidades beneficiarias deberán tener su domicilio fiscal en territorio español,
al menos, durante el periodo de prestación de las actividades objeto de subvención, de
acuerdo con lo establecido en el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta
de no Residentes. En el supuesto de tratarse de las agrupaciones de entidades
reguladas en el artículo 6.c) de esta orden, se estará a lo dispuesto en el acuerdo que
recoja los compromisos asumidos por cada uno de los integrantes.
3. No tratarse de sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo
de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.
4. No estar incursos en alguna de las prohibiciones reguladas el artículo 13 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
5. No constituir una empresa en crisis, tal y como se regula en el Reglamento (UE)
n.º 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
6. No estar incurso en una orden de recuperación pendiente tras una decisión
previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con
el mercado interior.
7. Cumplir con los requisitos adicionales que se establezcan para cada medida en
la convocatoria.
Las acciones que realicen las entidades beneficiarias tendrán que cumplir con lo
estipulado en las bases reguladoras y en esta convocatoria, así como con las
instrucciones que la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y
de la Responsabilidad Social de las Empresas emita para la correcta ejecución de las
ayudas.
Artículo 41.

Obligaciones de las entidades beneficiarias.

a) Se someterán a las actuaciones de control de las instituciones de la Unión, en
virtud del artículo 22.2.e) del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero.
b) Recabarán, a efectos de auditoría y control y para disponer de datos
comparables sobre el uso de fondos en relación con las medidas destinadas a la
ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del PRTR, recabar y
asegurar el acceso a las categorías armonizadas de datos siguientes, contempladas en
el artículo 22.2.d) del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo
de 12 de febrero.
c) Serán responsables de la fiabilidad y el seguimiento de la ejecución de las
actuaciones subvencionadas, de manera que pueda conocerse en todo momento el nivel
de consecución de cada actuación.
d) Deberán establecer mecanismos que aseguren que las actuaciones a desarrollar
por terceras personas contribuyen al logro de las actuaciones previstas y que dichas

cve: BOE-A-2022-21173
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1. Las entidades beneficiarias habrán de cumplir con las obligaciones a que se
refiere el artículo 9.
2. Las entidades beneficiarias deberán cumplir, además, con las obligaciones
europeas y nacionales, relativas a la financiación del MRR de la Unión Europea. A tal
efecto, deberán atenerse a lo siguiente: