III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CONSUMO. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2022-21129)
Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Ordenación del Juego, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Cantabria, para la interconexión automatizada de los correspondientes registros de interdicción de acceso al juego a través de una integración funcional y organizativa.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 13 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 170907
seguimiento de las incidencias que pudieran producirse, coordinándose a través de la
Comisión de Seguimiento para su resolución.
2. La custodia de las evidencias de las comunicaciones intercambiadas.
3. La comunicación de las modificaciones normativas que afecten a los respectivos
registros de interdicciones de acceso al juego y de los distintos formularios habilitados.
4. Los datos comunicados entre la DGOJ y la Comunidad Autónoma de Cantabria a
consecuencia de la ejecución de los compromisos contenidos en este convenio darán
lugar a la práctica de oficio y sin coste para el solicitante de la correspondiente anotación
en el RGIAJ o en el registro autonómico de prohibidos de la Comunidad Autónoma de
Cantabria.
Quinta. Compromisos de la DGOJ y de la Comunidad Autónoma de Cantabria en lo
que respecta a la Plataforma de Intermediación.
La DGOJ se compromete a realizar las siguientes actuaciones:
1. La DGOJ pondrá a disposición de la Comunidad Autónoma de Cantabria los
servicios electrónicos que, utilizando los medios ofrecidos por la Plataforma de
Intermediación, permitan automatizar la conectividad entre los distintos sistemas de
información de los correspondientes responsables administrativos de los registros de
prohibidos, estatal y autonómico, implicados en la gestión de las comunicaciones
interadministrativas de nuevas inscripciones, modificaciones o cancelaciones en los
distintos registros.
A estos efectos, la DGOJ será la responsable, con el apoyo de los servicios de la
Plataforma de Intermediación, de mantener en todo momento actualizada la
documentación y especificación de los servicios electrónicos, disponible en el área de
descargas de la Plataforma de Intermediación. Cualquier cambio que deba realizarse en
los mismos será previamente consensuado con la Comunidad Autónoma de Cantabria,
estableciendo un calendario de implantación y asegurando, en la medida de lo posible, la
ausencia de interrupciones en el servicio.
2. La DGOJ pondrá a disposición de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el
formato especificado en las características técnicas del servicio, el servicio electrónico
que permitirá la actualización de la información de las inscripciones, modificaciones y
cancelaciones de prohibidos recogida en el RGIAJ, con vistas a su descarga por la
Comunidad Autónoma de Cantabria.
Una vez que la Comunidad Autónoma de Cantabria proceda a formalizar la descarga
en la Plataforma de Intermediación de las actualizaciones de los datos contenidos en el
RGIAJ, la DGOJ inhabilitará la aplicación web de descarga manual de actualizaciones
del RGIAJ.
En todo caso, previa petición de la Comunidad Autónoma de Cantabria o por razones
de servicio, el sistema manual podrá habilitarse, suponiendo la interrupción del servicio
de descarga de la actualización de la información contenida en el RGIAJ por el tiempo
que se tenga activa la descarga manual.
3. La DGOJ pondrá a disposición de la Comunidad Autónoma de Cantabria a través
de la Plataforma de Intermediación, los servicios necesarios para el envío, por la
Comunidad Autónoma de Cantabria, de las solicitudes de inscripción que vayan a ser
vinculadas con inscripciones realizadas en el RGIAJ, y de las solicitudes de modificación
o cancelación dirigidas a su registro autonómico de prohibidos que ya estén vinculadas
con inscripciones realizadas en el RGIAJ.
Será responsabilidad de la DGOJ asegurar, a través de los medios ofrecidos por la
Plataforma de Intermediación, la integridad de la información que provenga de la
Comunidad Autónoma de Cantabria, y su correcto tratamiento con vistas a su
incorporación en el RGIAJ, debiendo realizar las acciones necesarias para recuperar
aquella información no tratada en caso de error.
cve: BOE-A-2022-21129
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 298
Martes 13 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 170907
seguimiento de las incidencias que pudieran producirse, coordinándose a través de la
Comisión de Seguimiento para su resolución.
2. La custodia de las evidencias de las comunicaciones intercambiadas.
3. La comunicación de las modificaciones normativas que afecten a los respectivos
registros de interdicciones de acceso al juego y de los distintos formularios habilitados.
4. Los datos comunicados entre la DGOJ y la Comunidad Autónoma de Cantabria a
consecuencia de la ejecución de los compromisos contenidos en este convenio darán
lugar a la práctica de oficio y sin coste para el solicitante de la correspondiente anotación
en el RGIAJ o en el registro autonómico de prohibidos de la Comunidad Autónoma de
Cantabria.
Quinta. Compromisos de la DGOJ y de la Comunidad Autónoma de Cantabria en lo
que respecta a la Plataforma de Intermediación.
La DGOJ se compromete a realizar las siguientes actuaciones:
1. La DGOJ pondrá a disposición de la Comunidad Autónoma de Cantabria los
servicios electrónicos que, utilizando los medios ofrecidos por la Plataforma de
Intermediación, permitan automatizar la conectividad entre los distintos sistemas de
información de los correspondientes responsables administrativos de los registros de
prohibidos, estatal y autonómico, implicados en la gestión de las comunicaciones
interadministrativas de nuevas inscripciones, modificaciones o cancelaciones en los
distintos registros.
A estos efectos, la DGOJ será la responsable, con el apoyo de los servicios de la
Plataforma de Intermediación, de mantener en todo momento actualizada la
documentación y especificación de los servicios electrónicos, disponible en el área de
descargas de la Plataforma de Intermediación. Cualquier cambio que deba realizarse en
los mismos será previamente consensuado con la Comunidad Autónoma de Cantabria,
estableciendo un calendario de implantación y asegurando, en la medida de lo posible, la
ausencia de interrupciones en el servicio.
2. La DGOJ pondrá a disposición de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el
formato especificado en las características técnicas del servicio, el servicio electrónico
que permitirá la actualización de la información de las inscripciones, modificaciones y
cancelaciones de prohibidos recogida en el RGIAJ, con vistas a su descarga por la
Comunidad Autónoma de Cantabria.
Una vez que la Comunidad Autónoma de Cantabria proceda a formalizar la descarga
en la Plataforma de Intermediación de las actualizaciones de los datos contenidos en el
RGIAJ, la DGOJ inhabilitará la aplicación web de descarga manual de actualizaciones
del RGIAJ.
En todo caso, previa petición de la Comunidad Autónoma de Cantabria o por razones
de servicio, el sistema manual podrá habilitarse, suponiendo la interrupción del servicio
de descarga de la actualización de la información contenida en el RGIAJ por el tiempo
que se tenga activa la descarga manual.
3. La DGOJ pondrá a disposición de la Comunidad Autónoma de Cantabria a través
de la Plataforma de Intermediación, los servicios necesarios para el envío, por la
Comunidad Autónoma de Cantabria, de las solicitudes de inscripción que vayan a ser
vinculadas con inscripciones realizadas en el RGIAJ, y de las solicitudes de modificación
o cancelación dirigidas a su registro autonómico de prohibidos que ya estén vinculadas
con inscripciones realizadas en el RGIAJ.
Será responsabilidad de la DGOJ asegurar, a través de los medios ofrecidos por la
Plataforma de Intermediación, la integridad de la información que provenga de la
Comunidad Autónoma de Cantabria, y su correcto tratamiento con vistas a su
incorporación en el RGIAJ, debiendo realizar las acciones necesarias para recuperar
aquella información no tratada en caso de error.
cve: BOE-A-2022-21129
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 298