III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CONSUMO. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2022-21129)
Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Ordenación del Juego, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Cantabria, para la interconexión automatizada de los correspondientes registros de interdicción de acceso al juego a través de una integración funcional y organizativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298

Martes 13 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 170905

En todo caso, la DGOJ no vinculará con la inscripción en el registro autonómico de
prohibidos de la Comunidad Autónoma de Cantabria la inscripción de una persona en el
RGIAJ que ya estuviese de alta en dicho registro antes de que la Comunidad Autónoma
de Cantabria envíe información sobre la misma a la DGOJ a través de la Plataforma de
Intermediación.
2. La DGOJ se compromete a que la vinculación de la inscripción de una persona
en el RGIAJ y en el registro autonómico de prohibidos implique lo siguiente:
a) La fecha de inscripción en el RGIAJ, que será la misma que la fecha de
inscripción en el registro autonómico de prohibidos, se utilizará para computar la vigencia
y el correspondiente periodo mínimo de permanencia exigido para poder cancelar una
determinada inscripción, tanto en el RGIAJ como en el registro autonómico de prohibidos
de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
b) La fecha de las modificaciones o cancelaciones de datos que puedan practicarse
con posterioridad serán las mismas en ambos registros.
3. La DGOJ sólo modificará o cancelará las inscripciones en el RGIAJ vinculadas
con el registro de la Comunidad Autónoma de Cantabria en alguno de los supuestos
siguientes:
a) Cuando la Comunidad Autónoma de Cantabria haya procedido a comunicar a la
DGOJ la solicitud de modificación o cancelación de la persona inscrita a través de la
Plataforma de Intermediación, tras la correspondiente validación o verificación por parte
de la DGOJ de la información y documentación remitida por dicha autoridad autonómica.
b) Cuando la persona inscrita se dirija directamente a la DGOJ para modificar o
cancelar sus datos de inscripción en el RGIAJ.
4. La DGOJ pondrá a disposición de la Comunidad Autónoma de Cantabria, a
través de la Plataforma de Intermediación, todas las inscripciones en el RGIAJ,
incluyendo las que se produzcan por vinculación entre el RGIAJ y el registro de la
Comunidad Autónoma de Cantabria, así como las actualizaciones de información
derivadas de la modificación o cancelación de esas inscripciones en el RGIAJ.
5. La DGOJ pondrá a disposición de la Comunidad Autónoma de Cantabria
información estadística acerca de las inscripciones en el RGIAJ cuyo domicilio declarado
en la solicitud se corresponda con su ámbito territorial.
Compromisos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

1. La Comunidad Autónoma de Cantabria se compromete a remitir a la DGOJ, a
través de la Plataforma de Intermediación, todas las solicitudes de inscripción en su
registro autonómico de prohibidos, así como la información necesaria para validar o
verificar la identidad de las personas que presentan esas solicitudes. A estos efectos, la
Comunidad Autónoma de Cantabria afirma que, en virtud de la normativa que le resulta
de aplicación, no puede ejercerse el derecho de oposición a que la DGOJ realice la
inscripción en el RGIAJ y la vinculación de la inscripción entre ambos registros por parte
de la persona solicitante previsto en el artículo 21 del Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016.
2. La Comunidad Autónoma de Cantabria deberá adecuarse a los procesos de
validación o verificación de la información y la documentación remitida que se
desarrollen por la DGOJ, que podrán realizarse con anterioridad o con posterioridad a la
inscripción en el RGIAJ y a la vinculación con la inscripción en el registro autonómico de
prohibidos.
3. Una vez que la DGOJ haya realizado la inscripción en el RGIAJ y haya vinculado
dicha inscripción con la inscripción en el registro de prohibidos de la Comunidad
Autónoma de Cantabria, la comunicación de la vinculación de ambas inscripciones por

cve: BOE-A-2022-21129
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.