II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-21112)
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Universidad de León, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral de los Grupos IV-A, III y II, en el marco de estabilización de empleo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 13 de diciembre de 2022

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de los órganos competentes del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad o,
en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente. En este supuesto, hasta tanto
no se emita el dictamen, el aspirante podrá participar condicionalmente en el proceso
selectivo, quedando en suspenso la resolución definitiva sobre la admisión o exclusión
del proceso, hasta la recepción del dictamen.
5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en la Universidad de León, Rectorado, Avda. de la Facultad, n.º 25, teléfono 987 29 16
67.
El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona, miembro o no del
tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con el proceso
selectivo.
5.10 Los tribunales que actúen en estas pruebas selectivas tendrán la categoría
que proceda, en los términos previstos en la normativa aplicable en materia sobre
indemnizaciones por razón de servicio.
5.11 En ningún caso el tribunal podrá declarar que han superado el proceso
selectivo un número superior de aspirantes que el de las plazas convocadas. Cualquier
propuesta final que contravenga lo establecido en este punto será nula de pleno
derecho.
No obstante, lo anterior, siempre que el tribunal haya propuesto igual número de
aspirantes que el de plazas convocadas y con el fin de asegurar la cobertura de las
mismas, el Rector Magnífico podrá requerir al tribunal la relación complementaria de los
aspirantes que sigan a los propuestos, para su nombramiento, cuando se produzca
alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que se registre la renuncia o tenga lugar el fallecimiento de alguno de los
aspirantes que han superado el proceso selectivo antes de su nombramiento.
b) Que algún aspirante que ha superado el proceso selectivo no presente la
documentación exigida o del examen de ésta se deduzca que carece de los requisitos
establecidos en la convocatoria.
5.12 Contra los acuerdos y actos de trámite del tribunal, si estos últimos deciden
directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el
procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses
legítimos, podrán interponer los interesados recurso de alzada ante el Rector de la
Universidad de León.
6.

Calendario

6.1 El procedimiento selectivo deberá resolverse en el plazo máximo de ocho
meses, contados desde la publicación de la resolución que eleve a definitivas las listas
provisionales de aspirantes admitidos y excluidos. Los solicitantes podrán entender
desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que caiga
resolución expresa.
7.

Desarrollo del concurso

7.1 Los méritos a valorar serán los alegados y acreditados documentalmente por
los aspirantes durante el plazo de presentación de solicitudes y referidos a los aspectos
valorables según lo establecido en el Baremo adjunto a esta convocatoria y que figura en
el Anexo II, no tomándose en consideración los alegados con posterioridad a la
finalización de dicho plazo.
No se valorarán los méritos que, habiéndose alegado, no hayan sido debidamente
acreditados.
7.2 Los méritos, requisitos y datos imprescindibles correspondientes al personal
que presta servicios en la Universidad de León se acreditarán mediante certificado

cve: BOE-A-2022-21112
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Núm. 298