II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-21112)
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Universidad de León, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral de los Grupos IV-A, III y II, en el marco de estabilización de empleo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 13 de diciembre de 2022

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León», para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de las
listas. Quienes dentro de ese plazo no subsanen la exclusión, ni aleguen la omisión,
justificando su derecho a ser declarados admitidos, serán definitivamente excluidos de la
realización de las pruebas.
4.3 Una vez resueltas las reclamaciones, el Sr. Rector dictará Resolución que
publique las listas definitivas de admitidos y excluidos. Dicha resolución pondrá fin a la
vía administrativa y contra ella podrán los aspirantes definitivamente excluidos interponer
recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día
siguiente al de la publicación de la Resolución en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Potestativamente, podrán interponer recurso de reposición ante el Rectorado de la
Universidad, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación
de la resolución.
4.4 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que
hayan sido excluidos definitivamente del proceso selectivo, solo por causa no imputable
al interesado; único supuesto en el que procede la devolución.
4.5 El sistema de selección de los aspirantes para cada una de las categorías y
especialidades de las plazas convocadas, será el Concurso. El baremo aplicable para la
valoración de los méritos figura como Anexo II a la presente Resolución.
5.

Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura en el anexo III y será
único para todas las categorías y especialidades de las plazas convocadas. El
Secretario/a actuará con voz y sin voto.
5.2 Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al
Rector de la Universidad de León, cuando concurran en ellos circunstancias de las
previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público. El Presidente/a solicitará de los miembros del tribunal, en la sesión de
constitución, declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas
en este apartado.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando
concurran las circunstancias previstas en la presente base.
5.3 Con anterioridad al inicio del proceso selectivo, la autoridad convocante
publicará resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan
de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en
la base 5.2.
5.4 Previa convocatoria del Presidente/a, se constituirá el Tribunal con la asistencia
del Presidente/a y del Secretario/a o, en su caso, de quienes les sustituyan y de la mitad,
al menos, de sus miembros. En esta sesión, los miembros del tribunal deberán suscribir
declaración de no hallarse incursos en causas de abstención.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le corresponda en
orden al correcto desarrollo del proceso selectivo.
5.5 A partir de su constitución, el tribunal, para actuar válidamente, requerirá la
presencia de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes y, en todo caso,
la del Secretario/a y Presidente/a (titulares o suplentes).
5.6 El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
5.7 El Rector, a propuesta del presidente del tribunal, podrá designar, en su caso,
asesores especialistas. Dichos asesores se limitarán a informar respecto de los méritos
relativos a su especialidad.
5.8 Si en cualquier momento del presente proceso de provisión, en el tribunal se
suscitaran dudas respecto de la capacidad de un aspirante con minusvalía para el
desempeño de las actividades atribuidas a cada Grupo, Categoría y Especialidad de las
plazas a las que opte, este órgano selectivo podrá recabar el correspondiente dictamen

cve: BOE-A-2022-21112
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Núm. 298