III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2022-21130)
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Ciudad de Melilla, para el impulso y consolidación del sistema Tarjeta Social Digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298

Martes 13 de diciembre de 2022

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transmitir a partir del vencimiento de dicho plazo y actualizar permanentemente en
Tarjeta Social Digital, toda la información de las prestaciones sociales económicas cuya
gestión tiene encomendada, así como de la situaciones subjetivas a que se refiere el
apartado cuarto de la disposición adicional centésima cuadragésima primera de la
Ley 6/2018, cuando tenga competencias de gestión o coordinación sobre ellas, de
acuerdo con los procedimientos establecidos en el Protocolo de Intercambio de
Información para TSD incluido en el anexo I del presente convenio. En el caso de la
situación subjetiva de dependencia y las prestaciones económicas previstas en la
Ley 39/2006, de 14 de diciembre de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a
las personas en situación de dependencia, se estará a lo previsto en el artículo 71.1.g)
del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto
Legislativo 8/2015.
– Se compromete a mantener el envío de información al Registro de Prestaciones
Sociales Públicas durante todo el ejercicio inmediatamente posterior a la inscripción del
convenio en REOICO con el fin de garantizar el servicio de forma ininterrumpida durante
el período de tránsito desde RPSP a TSD, en previsión de posibles retrasos por parte de
algún organismo o administración en su incorporación de TSD.
Cuarta.

Financiación.

Las actuaciones previstas en el presente convenio
contraprestaciones financieras entre las partes firmantes.

no

darán

lugar

a

Quinta. Protección de datos personales.
El control y seguridad de los datos incorporados en TSD se regirá por lo dispuesto en
el Reglamento (UE) n.º 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016 (en adelante, RGPD); en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales; en el Reglamento
de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos
de Carácter Personal, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, así
como por lo establecido en el apartado seis de la disposición adicional centésima
cuadragésima primera de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2018, y en la demás normativa de aplicación en materia de
protección de datos personales, así como en los protocolos de Seguridad de la
Información aprobados por el Comité de Seguridad de los Sistemas de Información de la
Seguridad Social.
Vigencia.

La eficacia de este convenio quedará supeditada a lo dispuesto en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP),
conforme al cual, el convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las
partes y resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su
formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal (REOICO), al que se refiere la disposición
adicional séptima. Asimismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su
formalización en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa
en el boletín oficial del territorio histórico que corresponda a la otra administración
firmante.
El presente convenio iniciará su vigencia el día de su inscripción en el REOICO y
tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre posterior a la inscripción del convenio en
REOICO, fecha en la que los compromisos adquiridos por cada una de las partes a que
se refiere la cláusula tercera deben haberse materializado y traducido en un
funcionamiento consolidado del Sistema.

cve: BOE-A-2022-21130
Verificable en https://www.boe.es

Sexta.