III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2022-21130)
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Ciudad de Melilla, para el impulso y consolidación del sistema Tarjeta Social Digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298

Martes 13 de diciembre de 2022

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erigirse en herramienta de análisis, investigación y explotación de datos en el ámbito de
la protección social en España.
Una vez realizadas las actuaciones del presente convenio, Tarjeta Social Digital será
el único sistema de información donde se remitirán de forma obligatoria puntualmente la
información de las prestaciones sociales económicas públicas.
Segunda.

Finalidad de la información de Tarjeta Social Digital.

La información sobre las prestaciones económicas públicas transmitida por la Ciudad
Autónoma de Melilla a Tarjeta Social Digital tiene por objeto ser compartida y accesible
por todas las administraciones y organismos públicos con competencias en materia de
gestión de protección social en orden a facilitar el ejercicio de sus competencias en el
reconocimiento de las prestaciones, la detección de situaciones de concurrencia,
incompatibilidad, obtención indebida de la protección, avanzando en términos de
simplificación administrativa, ya que este intercambio de información entre
administraciones públicas releva al ciudadano de la obligación de aportar certificaciones
para el acceso a las prestaciones, redundando en la calidad de la atención otorgada por
los empleados públicos. La información sobre las situaciones subjetivas en materia de
discapacidad, dependencia y familia numerosa a facilitar por la Ciudad Autónoma de
Melilla a Tarjeta Social Digital no será accesible para ninguna administración, organismo
o entidad ni para terceros, salvo el propio titular de los datos. Esta información se integra
en Tarjeta Social Digital con la finalidad de dar soporte a la función de explotaciones
estadísticas, trabajos de investigación y analítica de datos para la mejora de las políticas
de protección social.

A)

Obligaciones de las partes.
Por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social:

– Se responsabilizará, estableciendo los controles necesarios, de que la información
se utilice de forma que la protección de datos de carácter personal quede totalmente
garantizada en los términos que se regulan en el apartado seis de la disposición
adicional centésima cuadragésima primera de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2018
– Garantizará el funcionamiento del sistema asumiendo su mantenimiento y
actualización tecnológica permanente.
– Facilitará el acceso en consulta a la información de las prestaciones a los usuarios
autorizados por las distintas administraciones, organismos y entidades dadas de alta en
el sistema, a través de la aplicación INFOTSD.
– Implementará servicios web en conexión con las aplicaciones de gestión de las
administraciones usuarias del sistema TSD para la descarga automática de la
información de prestaciones asociada a los identificadores de personas físicas de las
personas solicitantes y/o beneficiarias de prestaciones.
– Implementará servicios web en conexión con las aplicaciones de gestión de las
administraciones usuarias del sistema TSD para el control e identificación de las
personas que conforman las unidades de convivencia que se benefician de prestaciones
como Rentas Mínimas de Integración Social; Ingreso Mínimo Vital; etc...
– Desarrollará el procedimiento para la ejecución directa por las administraciones y
organismos usuarios de TDS de estadísticas.
– Mantendrá actualizado con periodicidad anual el Catálogo de Entidades adscritas
a TSD así como el Catálogo de Prestaciones que forman parte de TSD.
B)

Por parte de la Ciudad Autónoma de Melilla:

– Se compromete a llevar a cabo en un plazo de seis meses o inferior con el límite
máximo del 31 de diciembre posterior a la inscripción del convenio en el REOICO, las
adaptaciones necesarias en sus aplicaciones y sistemas de información para poder

cve: BOE-A-2022-21130
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.